Seguridad Social de funcionarios: MUFACE — Cuerpo General Administrativo
Test de 31 preguntas con explicaciones justificadas.
Pregunta 1: ¿Quiénes están obligatoriamente afiliados a MUFACE según su ley reguladora?
- A) Los funcionarios de carrera de la Administración General del Estado, de las Cortes Generales y del Consejo de Estado.
- B) Todos los funcionarios públicos de cualquier administración territorial.
- C) El personal laboral al servicio de las Administraciones Públicas.
- D) Los funcionarios en prácticas de todas las administraciones públicas.
El Art. 3 de la Ley 29/1975 de MUFACE establece que están obligatoriamente afiliados los funcionarios de carrera de la Administración General del Estado, de las Cortes Generales y del Consejo de Estado, entre otros supuestos concretos.
Pregunta 2: ¿Qué régimen económico-financiero tiene MUFACE?
- A) Régimen de capitalización individual.
- B) Régimen de reparto con contributividad.
- C) Régimen de mutualismo de previsión social, con financiación a cargo de las cotizaciones de los afiliados y aportaciones del Estado.
- D) Financiación exclusiva a cargo de los Presupuestos Generales del Estado.
El Art. 1 de la Ley 29/1975 define a MUFACE como un Mutualismo de Previsión Social, y su financiación se regula en el Título IV, basada en cotizaciones de afiliados y aportaciones del Estado.
Pregunta 3: La prestación de asistencia sanitaria en MUFACE se extiende a:
- A) Solamente al afiliado titular.
- B) Al afiliado, su cónyuge o persona con análoga relación de afectividad, y los hijos menores de 26 años o con discapacidad.
- C) Al afiliado y a sus hijos menores de 18 años exclusivamente.
- D) Al afiliado, sus ascendientes y sus descendientes sin límite de edad.
El Art. 12 de la Ley 29/1975, y la normativa de desarrollo (como el Real Decreto 249/1996), establecen el derecho a la asistencia sanitaria para el afiliado y sus familiares beneficiarios (cónyuge/pareja e hijos bajo ciertas condiciones).
Pregunta 4: ¿Cómo se financia principalmente la asistencia sanitaria de los afiliados a MUFACE?
- A) Mediante un pago único por acto médico realizado por el afiliado.
- B) A través de las cotizaciones de los afiliados y una aportación estatal, que se transfiere a las Comunidades Autónomas.
- C) Exclusivamente con las cuotas mensuales pagadas por los funcionarios.
- D) A través de un convenio con entidades sanitarias privadas, sin coste para el Estado.
Según el Art. 28 de la Ley 29/1975 y la Ley 14/2013 de racionalización del gasto, la financiación de la asistencia sanitaria se realiza con cotizaciones y aportación estatal, que se transfiere a las CC.AA. donde residen los afiliados.
Pregunta 5: Para tener derecho a la prestación por incapacidad temporal (IT) en MUFACE, el afiliado debe:
- A) Carecer de período de carencia alguno, bastando con estar en situación de alta.
- B) Haber cotizado un mínimo de 180 días dentro de los 5 años anteriores a la baja.
- C) Estar dado de alta y haber agotado primero los derechos por enfermedad común de la Seguridad Social general.
- D) Acreditar un período mínimo de cotización de 500 días dentro de los 5 años anteriores.
El Art. 17 de la Ley 29/1975 no establece períodos de carencia para la prestación por incapacidad temporal, siendo suficiente la condición de alta en la Mutualidad. Así lo recoge el Real Decreto 249/1996.
Pregunta 6: La prestación económica por incapacidad temporal derivada de enfermedad común, ¿a cuánto asciende respecto a la base reguladora?
- A) El 60% de la base reguladora desde el día 4 al 20, y el 75% a partir del día 21.
- B) El 50% de la base reguladora durante todo el período.
- C) El 100% de la base reguladora desde el primer día.
- D) El 75% de la base reguladora desde el día 1 hasta la curación o alta médica.
El Art. 18 de la Ley 29/1975 establece que la prestación por incapacidad temporal por enfermedad común es del 60% de la base desde el día 4 al 20, y del 75% a partir del día 21.
Pregunta 7: La pensión de jubilación en MUFACE se causa:
- A) Al cumplir la edad legal de jubilación y acreditar 15 años de servicios efectivos al Estado.
- B) Al cumplir 65 años y acreditar un mínimo de 25 años de cotización.
- C) Exclusivamente por cumplir la edad ordinaria fijada en la ley, sin requisito de años de servicios.
- D) A los 60 años si se acreditan 30 años de servicio efectivo al Estado.
El Art. 23 de la Ley 29/1975 establece el derecho a pensión de jubilación al cumplir la edad legal y acreditar 15 años de servicios efectivos al Estado, requisitos que pueden variar según la normativa de aplicación.
Pregunta 8: ¿Cuál es la base reguladora para calcular la pensión de jubilación en MUFACE?
- A) El promedio de las bases de cotización de los últimos 15 años inmediatamente anteriores al hecho causante.
- B) El promedio de las retribuciones percibidas en el último año de servicio activo.
- C) El promedio de las bases de cotización de los últimos 10 años.
- D) La base de cotización del mes inmediatamente anterior al hecho causante.
El Art. 24 de la Ley 29/1975 determina que la base reguladora de la pensión de jubilación se calculará sobre el promedio de las retribuciones percibidas en el año anterior al hecho causante. Esta norma se desarrolla en el Real Decreto 249/1996.
Pregunta 9: La prestación por muerte en acto de servicio del funcionario afiliado a MUFACE consiste en:
- A) Una pensión vitalicia para el cónyuge equivalente al 70% de la base reguladora.
- B) Un capital único equivalente a 12 mensualidades de las últimas retribuciones.
- C) Una pensión vitalicia para el cónyuge equivalente al 100% de la base reguladora.
- D) Una indemnización a tanto alzado y una pensión reducida para los hijos.
El Art. 30 de la Ley 29/1975 establece que, en caso de muerte en acto de servicio, el cónyuge superviviente tiene derecho a una pensión vitalicia equivalente al 100% de la base reguladora.
Pregunta 10: La pensión de viudedad en MUFACE, en caso de muerte del afiliado no derivada de acto de servicio, es del:
- A) 50% de la base reguladora.
- B) 60% de la base reguladora.
- C) 70% de la base reguladora.
- D) 80% de la base reguladora.
El Art. 30 de la Ley 29/1975 establece que la pensión de viudedad, en caso de muerte no derivada de acto de servicio, es del 60% de la base reguladora del causante.
Pregunta 11: ¿Quiénes tienen la consideración de beneficiarios para las prestaciones de muerte y supervivencia en MUFACE?
- A) Sólo el cónyuge y los hijos menores de 18 años.
- B) El cónyuge, los hijos menores de 21 años o incapacitados, y los ascendientes que dependían económicamente del causante.
- C) El cónyuge, los hijos menores de 26 años o incapacitados, y los ascendientes mayores de 65 años que convivían con el causante.
- D) Cualquier familiar hasta el segundo grado de consanguinidad.
El Art. 29 de la Ley 29/1975 define como beneficiarios al cónyuge, hijos menores de 26 años (o mayores si están incapacitados) y ascendientes mayores de 65 años (o incapacitados) que convivían y dependían económicamente del causante.
Pregunta 12: La cotización a MUFACE se efectúa sobre:
- A) La totalidad de las retribuciones básicas y complementarias del funcionario.
- B) Una base de cotización única y uniforme para todos los afiliados, independiente de su sueldo.
- C) Las retribuciones básicas, los trienios y el complemento de destino.
- D) Un porcentaje fijo aplicado únicamente al sueldo base.
El Art. 27 de la Ley 29/1975 establece que la cotización se realiza sobre la totalidad de las retribuciones que perciba el funcionario, tanto básicas como complementarias, con las exclusiones que legalmente se determinen.
Pregunta 13: El tipo de cotización a cargo del funcionario afiliado a MUFACE para la cobertura de las prestaciones es del:
- A) 2,75% de la base de cotización.
- B) 4,70% de la base de cotización.
- C) 1,50% de la base de cotización.
- D) 3,50% de la base de cotización.
Según la disposición adicional séptima de la Ley 29/1975, introducida por la Ley 14/2013, el tipo de cotización a cargo del afiliado es del 4,70% de la base de cotización, destinado a la financiación de las prestaciones.
Pregunta 14: ¿Cuál de los siguientes órganos no forma parte de la estructura de gobierno de MUFACE?
- A) El Consejo General.
- B) La Comisión Permanente.
- C) El Comité de Empresa.
- D) La Dirección General.
El Art. 7 de la Ley 29/1975 establece que los órganos de gobierno de MUFACE son el Consejo General, la Comisión Permanente, el Presidente y la Dirección General. El Comité de Empresa no es un órgano de gobierno de la Mutualidad.
Pregunta 15: ¿Durante qué período se mantiene el derecho a asistencia sanitaria para el beneficiario en caso de fallecimiento del afiliado?
- A) Hasta que se extinga la causa que dio origen al derecho (por ejemplo, mayoría de edad del hijo).
- B) Sólo durante el año siguiente al fallecimiento.
- C) De forma vitalicia para el cónyuge superviviente.
- D) Hasta que el beneficiario obtenga un empleo que proporcione cobertura sanitaria.
El Art. 12 de la Ley 29/1975 y el Real Decreto 249/1996 establecen que los beneficiarios conservan el derecho a asistencia sanitaria mientras subsistan las condiciones que les atribuyeron tal condición (viudedad, orfandad, etc.).
Pregunta 16: La prestación por incapacidad permanente total para la profesión habitual en MUFACE supone:
- A) Una indemnización a tanto alzado equivalente a 24 mensualidades de la base reguladora.
- B) Una pensión vitalicia del 75% de la base reguladora.
- C) Una pensión temporal revisable hasta la edad de jubilación.
- D) Una pensión vitalicia del 55% de la base reguladora, pudiendo aumentar al 75% a los 55 años.
El Art. 20 de la Ley 29/1975 establece para la incapacidad permanente total una pensión vitalicia del 55% de la base reguladora, que se incrementa al 75% cuando el beneficiario cumpla 55 años, siempre que la incapacidad se mantenga.
Pregunta 17: La afiliación a MUFACE es obligatoria para los funcionarios de carrera desde:
- A) El momento de su nombramiento.
- B) El día de la toma de posesión del primer destino.
- C) El inicio del período de prácticas.
- D) La fecha de publicación de su nombramiento en el boletín oficial correspondiente.
El Art. 3 de la Ley 29/1975 dispone que la afiliación a MUFACE es obligatoria desde el momento del nombramiento como funcionario de carrera.
Pregunta 18: ¿Qué ocurre con las cotizaciones a MUFACE durante los períodos de excedencia voluntaria del funcionario?
- A) Se suspende la obligación de cotizar, perdiéndose los derechos a prestaciones.
- B) El funcionario debe abonar la cotización íntegra (tanto la parte del empleado como la del Estado) para mantener los derechos.
- C) El funcionario cotiza sólo por la parte correspondiente a asistencia sanitaria.
- D) El Estado cubre la totalidad de la cotización durante el primer año de excedencia.
Según el Art. 27 de la Ley 29/1975 y su normativa de desarrollo, en situación de excedencia voluntaria, el afiliado debe abonar la totalidad de la cuota (parte propia y parte correspondiente al Estado) para mantener sus derechos en la Mutualidad.
Pregunta 19: La pensión de orfandad en MUFACE se calcula como:
- A) El 20% de la base reguladora del causante para cada huérfano.
- B) El 40% de la base reguladora del causante, a repartir entre todos los huérfanos.
- C) El 15% de la base reguladora del causante para cada huérfano, con un máximo del 60%.
- D) Una cantidad única a tanto alzado para cada hijo menor de edad.
El Art. 30 de la Ley 29/1975 establece que la pensión de orfandad es del 20% de la base reguladora del causante para cada huérfano, pudiendo incrementarse en determinados supuestos.
Pregunta 20: El importe de la pensión de jubilación en MUFACE no podrá ser inferior al:
- A) 80% de la base reguladora, independientemente de los años de servicios.
- B) 100% de la base reguladora si se superan 35 años de servicios.
- C) Importe mínimo que se fije anualmente en la Ley de Presupuestos Generales del Estado.
- D) Salario mínimo interprofesional vigente en cada momento.
El Art. 24 de la Ley 29/1975 establece que la pensión de jubilación no podrá ser inferior a la cuantía mínima que se fije anualmente en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para las clases pasivas.
Pregunta 21: La prestación por incapacidad temporal derivada de accidente de trabajo o enfermedad profesional se abona desde:
- A) El día 4 de la baja médica.
- B) El día 1 de la baja médica.
- C) El día 21 de la baja médica.
- D) El día 15 de la baja médica.
El Art. 18 de la Ley 29/1975 establece que, para la incapacidad temporal derivada de accidente de trabajo o enfermedad profesional, la prestación económica se abona desde el día siguiente al de la baja en el servicio.
Pregunta 22: El derecho a la prestación de asistencia sanitaria en MUFACE se pierde por:
- A) Cambio de residencia a otro país de la Unión Europea.
- B) Separación o divorcio del cónyuge beneficiario.
- C) Superar los 26 años de edad, en el caso de los hijos, salvo incapacidad.
- D) Todas las respuestas anteriores son correctas.
El Art. 12 de la Ley 29/1975 y el Real Decreto 249/1996 regulan la pérdida de la condición de beneficiario por diversas causas, entre ellas las mencionadas en las opciones a, b y c.
Pregunta 23: La pensión de jubilación forzosa por edad se produce al cumplir:
- A) Los 65 años, con posibilidad de prolongación voluntaria hasta los 70.
- B) La edad legal que se establezca con carácter general, pudiendo ser 66 o 67 años según la legislación.
- C) Los 60 años, si se acreditan 30 años de servicio efectivo.
- D) Los 70 años de edad, sin excepción.
El Art. 23 de la Ley 29/1975 remite a la edad legal de jubilación que se establezca con carácter general, que según la normativa vigente (Ley 27/2011) es de 66 o 67 años en función de los años cotizados.
Pregunta 24: ¿Qué porcentaje de la base reguladora corresponde a la pensión de jubilación por incapacidad permanente absoluta para todo trabajo?
- A) 55%.
- B) 75%.
- C) 100%.
- D) 85%.
El Art. 21 de la Ley 29/1975 establece que la pensión por incapacidad permanente absoluta para todo trabajo es del 100% de la base reguladora.
Pregunta 25: La aportación del Estado a la financiación de MUFACE cubre:
- A) Sólo el déficit que pudiera generarse entre ingresos por cotizaciones y gastos en prestaciones.
- B) Una parte de las prestaciones económicas y la totalidad de la asistencia sanitaria.
- C) El 50% de la cotización total de cada afiliado.
- D) Exclusivamente las prestaciones por muerte y supervivencia.
El Art. 28 de la Ley 29/1975 establece que el Estado garantiza mediante sus Presupuestos Generales la cobertura del déficit que pudiera producirse entre los ingresos por cotizaciones y las obligaciones por prestaciones.
Pregunta 26: La base reguladora para las prestaciones de muerte y supervivencia se calcula sobre:
- A) Las retribuciones del causante en el mes anterior al fallecimiento.
- B) El promedio de las retribuciones percibidas por el causante en los 12 meses anteriores al hecho causante.
- C) El promedio de las bases de cotización de los últimos 15 años.
- D) Una base fija establecida anualmente en los Presupuestos Generales del Estado.
El Art. 30 de la Ley 29/1975 dispone que, para las prestaciones de muerte y supervivencia, la base reguladora será el promedio de las retribuciones percibidas por el causante durante los 12 meses inmediatamente anteriores al hecho causante.
Pregunta 27: La incapacidad permanente parcial para la profesión habitual en MUFACE da derecho a:
- A) Una indemnización a tanto alzado equivalente a 24 mensualidades de la base reguladora.
- B) Una pensión vitalicia del 55% de la base reguladora.
- C) Una indemnización a tanto alzado equivalente a 12 mensualidades de la base reguladora.
- D) Una pensión temporal revisable hasta que el afectado se reincorpore a otro puesto de trabajo.
El Art. 19 de la Ley 29/1975 establece que la incapacidad permanente parcial para la profesión habitual da derecho a una indemnización a tanto alzado equivalente a 24 mensualidades de la base reguladora.
Pregunta 28: ¿Cuál es el órgano supremo de gobierno y representación de MUFACE?
- A) La Asamblea General de Afiliados.
- B) El Consejo General.
- C) La Comisión Permanente.
- D) La Dirección General.
El Art. 7 de la Ley 29/1975 establece que el Consejo General es el órgano supremo de gobierno y representación de MUFACE.
Pregunta 29: En caso de gran invalidez, además de la pensión correspondiente, el afiliado a MUFACE tiene derecho a:
- A) Un complemento destinado a remunerar a la persona que le atienda, fijado como un porcentaje de la pensión de invalidez.
- B) Una indemnización única adicional equivalente a 6 mensualidades de su base reguladora.
- C) La exención total del pago de cotizaciones a MUFACE de por vida.
- D) Una vivienda adaptada proporcionada por el Estado.
El Art. 22 de la Ley 29/1975 establece que, en caso de gran invalidez, el afiliado percibirá un complemento, destinado a remunerar a la persona que le atienda, que se calculará aplicando a la pensión de invalidez absoluta un porcentaje determinado.
Pregunta 30: La pensión de viudedad se extingue, entre otras causas, por:
- A) Contraer nuevo matrimonio o constituir una unión de hecho inscrita.
- B) Obtener un empleo público.
- C) Alcanzar la edad de 65 años.
- D) Transcurrir 5 años desde el fallecimiento del causante.
El Art. 33 de la Ley 29/1975 establece como causa de extinción de la pensión de viudedad el contraer nuevo matrimonio o establecer una unión de hecho análoga al matrimonio, salvo excepciones legales.
Pregunta 31: La afiliación a MUFACE de un funcionario transferido a una Comunidad Autónoma con competencias asumidas en materia de personal:
- A) Se extingue automáticamente, pasando a depender de la Seguridad Social general.
- B) Se mantiene de forma obligatoria mientras permanezca en situación de servicio activo.
- C) Es voluntaria, pudiendo optar entre MUFACE y el sistema de la Comunidad Autónoma.
- D) Se suspende hasta que el funcionario solicite su reingreso.
Según la disposición transitoria primera de la Ley 29/1975 y la jurisprudencia, los funcionarios transferidos a Comunidades Autónomas mantienen su afiliación obligatoria a MUFACE mientras permanezcan en servicio activo.