Blanqueo de capitales: Ley 10/2010 — Cuerpo de Agentes del Servicio de Vigilancia Aduanera
Test de 35 preguntas con explicaciones justificadas.
Pregunta 1: Según la Ley 10/2010, ¿cuál de los siguientes NO se considera sujeto obligado?
- A) Los notarios.
- B) Los registradores de la propiedad.
- C) Las entidades de crédito.
- D) Los artistas en la venta de sus propias obras.
El Art. 2.1 de la Ley 10/2010 enumera los sujetos obligados. Los artistas que venden sus propias obras no figuran en dicha lista, mientras que notarios, registradores y entidades de crédito sí están incluidos.
Pregunta 2: ¿Qué se entiende por 'beneficiario efectivo' según la Ley 10/2010?
- A) La persona que figura como titular de la cuenta bancaria.
- B) El intermediario financiero que facilita la operación.
- C) El apoderado de la persona jurídica.
- D) La persona física que en última instancia posee o controla al cliente, o en nombre de la cual se realiza una operación.
El Art. 4.f) de la Ley 10/2010 define al beneficiario efectivo como la persona física que en última instancia posee o controla al cliente, o en nombre de la cual se realiza una operación o actividad.
Pregunta 3: La declaración de movimientos de medios de pago debe presentarse ante:
- A) El Ministerio de Economía.
- B) La Agencia Tributaria.
- C) El SEPBLAC.
- D) El Banco de España.
Según el Art. 34.1 de la Ley 10/2010, la declaración de movimientos de medios de pago se presentará ante el Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias (SEPBLAC).
Pregunta 4: ¿A partir de qué importe debe realizarse la declaración de movimientos de medios de pago?
- A) 50.000 euros.
- B) 100.000 euros.
- C) 30.000 euros.
- D) 10.000 euros.
El Art. 34.1 de la Ley 10/2010 establece que están sujetos a declaración los movimientos de medios de pago cuyo importe sea igual o superior a 100.000 euros o su equivalente en moneda extranjera.
Pregunta 5: ¿Cuál de las siguientes es una medida de diligencia debida reforzada?
- A) Identificar al cliente mediante documento nacional de identidad.
- B) Aumentar el grado de supervisión de la relación comercial, aplicando medidas adicionales de control.
- C) Obtener información sobre el propósito de la relación comercial.
- D) Registrar los datos del cliente en el archivo.
El Art. 26.1 de la Ley 10/2010 establece que cuando exista un mayor riesgo de blanqueo de capitales, los sujetos obligados aplicarán medidas de diligencia debida reforzada, que incluyen un mayor control y supervisión.
Pregunta 6: ¿En qué plazo debe conservarse la documentación derivada de la aplicación de las medidas de diligencia debida?
- A) Durante 5 años.
- B) Durante 3 años.
- C) Durante 10 años.
- D) Durante 15 años.
El Art. 25.7 de la Ley 10/2010 dispone que los sujetos obligados conservarán durante diez años la documentación derivada de la aplicación de las medidas de diligencia debida.
Pregunta 7: ¿Qué debe hacer un sujeto obligado cuando no pueda aplicar las medidas de diligencia debida?
- A) Denegar el establecimiento de la relación comercial o realizar la operación.
- B) Realizar la operación pero comunicarlo a la Agencia Tributaria.
- C) Aplicar medidas simplificadas en su lugar.
- D) Posponer la operación hasta que el cliente facilite la documentación.
Según el Art. 25.3 de la Ley 10/2010, si no pueden aplicarse las medidas de diligencia debida, los sujetos obligados no establecerán la relación comercial, no realizarán la operación o la interrumpirán si ya se hubiera iniciado.
Pregunta 8: La obligación de comunicar operaciones sospechosas corresponde a:
- A) Todos los sujetos obligados.
- B) Únicamente a las entidades de crédito.
- C) Solo a los profesionales del juego.
- D) Exclusivamente a las aseguradoras.
El Art. 18.1 de la Ley 10/2010 establece que los sujetos obligados comunicarán al SEPBLAC, de forma inmediata, las operaciones de las que conozcan o sospechen que puedan estar relacionadas con el blanqueo de capitales.
Pregunta 9: ¿Cuál es el organismo que supervisa el cumplimiento de la Ley 10/2010 por parte de los sujetos obligados del sector de los servicios de juegos de azar?
- A) El Banco de España.
- B) La Dirección General de la Policía.
- C) El SEPBLAC.
- D) La Dirección General de Ordenación del Juego.
El Art. 45.1.c) de la Ley 10/2010 atribuye a la Dirección General de Ordenación del Juego la supervisión del cumplimiento de esta ley por los sujetos obligados pertenecientes al sector de los servicios de juegos de azar.
Pregunta 10: Las medidas de diligencia debida simplificada pueden aplicarse cuando:
- A) El cliente es una persona políticamente expuesta.
- B) La operación supera los 100.000 euros.
- C) El riesgo de blanqueo es bajo.
- D) El cliente es residente en un país de alto riesgo.
El Art. 27.1 de la Ley 10/2010 permite aplicar medidas de diligencia debida simplificadas cuando el riesgo de blanqueo de capitales sea bajo.
Pregunta 11: ¿Qué información debe incluirse en la comunicación de operaciones sospechosas?
- A) Solo la identidad del cliente.
- B) Los datos que permitan identificar la operación y a las personas intervinientes, y los motivos de la sospecha.
- C) Un informe completo de la investigación interna realizada.
- D) La sanción que se propone aplicar al cliente.
El Art. 18.2 de la Ley 10/2010 establece que la comunicación incluirá los datos que permitan identificar la operación y a las personas intervinientes, así como los motivos de la sospecha.
Pregunta 12: La Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias está adscrita a:
- A) Al Ministerio de Economía y Hacienda.
- B) Al Ministerio del Interior.
- C) Al Banco de España.
- D) Al Ministerio de Justicia.
El Art. 39.1 de la Ley 10/2010 establece que la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias está adscrita al Ministerio de Economía y Hacienda.
Pregunta 13: ¿Quién designa al Director del SEPBLAC?
- A) El Gobernador del Banco de España.
- B) El Ministro de Economía y Hacienda.
- C) El Director de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales.
- D) El Ministro del Interior.
El Art. 40.2 de la Ley 10/2010 dispone que el Director del SEPBLAC será designado por el Ministro de Economía y Hacienda.
Pregunta 14: ¿Cuál de los siguientes se considera un medio de pago a efectos de la declaración?
- A) Las transferencias bancarias.
- B) Los cheques.
- C) Todos los anteriores.
- D) El efectivo.
El Art. 34.1 de la Ley 10/2010 señala que los medios de pago incluyen efectivo, cheques, transferencias y otros instrumentos de pago.
Pregunta 15: El deber de secreto profesional de los sujetos obligados queda exceptuado cuando:
- A) Se comunica una operación sospechosa al SEPBLAC.
- B) Se informa al cliente sobre la comunicación.
- C) Se produce una inspección de la Administración tributaria.
- D) Nunca queda exceptuado.
El Art. 19.1 de la Ley 10/2010 establece que la comunicación de operaciones sospechosas al SEPBLAC no constituirá violación del deber de secreto profesional.
Pregunta 16: ¿Qué deben hacer los sujetos obligados en relación con las personas con las que mantengan una relación comercial ocasional?
- A) Comunicar siempre la operación al SEPBLAC.
- B) Aplicar siempre medidas de diligencia debida reforzada.
- C) Eximirles de cualquier diligencia por tratarse de operaciones puntuales.
- D) Aplicar medidas de diligencia debida si la operación iguala o supera 15.000 euros.
El Art. 25.1.b) de la Ley 10/2010 establece que se aplicarán medidas de diligencia debida en operaciones ocasionaless cuando el importe iguale o supere los 15.000 euros.
Pregunta 17: ¿Qué plazo tienen los sujetos obligados para comunicar una operación sospechosa una vez que surja la sospecha?
- A) 30 días naturales.
- B) 15 días hábiles.
- C) Inmediatamente, sin dilación injustificada.
- D) 10 días laborables.
El Art. 18.1 de la Ley 10/2010 establece que la comunicación se realizará de forma inmediata, sin dilación injustificada.
Pregunta 18: ¿Cuál de los siguientes es un órgano de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales?
- A) El Consejo de Ministros.
- B) El Comité de Seguridad.
- C) La Audiencia Nacional.
- D) El Servicio Ejecutivo (SEPBLAC).
El Art. 39.2 de la Ley 10/2010 establece que la Comisión está integrada por un Pleno, una Comisión Permanente y un Servicio Ejecutivo (SEPBLAC).
Pregunta 19: ¿Qué deben hacer los sujetos obligados cuando el cliente sea una persona políticamente expuesta?
- A) Aplicar medidas de diligencia debida simplificada.
- B) Aplicar medidas de diligencia debida reforzada.
- C) Denegar automáticamente la relación comercial.
- D) Comunicarlo inmediatamente al Ministerio del Interior.
El Art. 26.1.b) de la Ley 10/2010 establece que se aplicarán medidas de diligencia debida reforzada cuando el cliente sea una persona políticamente expuesta.
Pregunta 20: ¿Qué tipo de sanciones establece la Ley 10/2010 por infracciones graves?
- A) Multa desde 150.001 hasta 1.000.000 euros.
- B) Multa desde 30.001 hasta 150.000 euros.
- C) Multa desde 1.000.001 hasta 5.000.000 euros.
- D) Multa desde 5.000 hasta 30.000 euros.
El Art. 57.3 de la Ley 10/2010 establece para las infracciones graves multa desde 150.001 hasta 1.000.000 euros.
Pregunta 21: ¿Qué se entiende por 'blanqueo de capitales' según la Ley 10/2010?
- A) Solo el ocultamiento de bienes procedentes de actividades delictivas.
- B) Las conductas tipificadas en los artículos 302 a 304 del Código Penal.
- C) La evasión fiscal.
- D) La financiación del terrorismo.
El Art. 1.2 de la Ley 10/2010 define el blanqueo de capitales como las conductas tipificadas en los artículos 302 a 304 del Código Penal.
Pregunta 22: ¿Qué obligación tienen los sujetos obligados respecto a la formación de su personal?
- A) Basta con informar al personal anualmente.
- B) No es obligatoria la formación.
- C) Solo es obligatoria para los directivos.
- D) Formar a su personal en materia de prevención del blanqueo de capitales.
El Art. 29.1 de la Ley 10/2010 establece que los sujetos obligados adoptarán programas de formación del personal para la aplicación de la ley.
Pregunta 23: ¿Quién es responsable de adoptar las políticas y procedimientos internos de prevención del blanqueo?
- A) El SEPBLAC.
- B) Los órganos de administración de los sujetos obligados.
- C) El Ministerio de Economía.
- D) La Comisión de Prevención.
El Art. 28.1 de la Ley 10/2010 establece que los órganos de administración de los sujetos obligados son responsables de adoptar políticas y procedimientos internos de prevención.
Pregunta 24: ¿Qué información deben proporcionar los sujetos obligados al SEPBLAC a petición de este?
- A) Solo información sobre operaciones sospechosas.
- B) Cualquier información relacionada con el cumplimiento de la ley.
- C) Solo datos de identificación de clientes.
- D) Únicamente información estadística.
El Art. 41.1.b) de la Ley 10/2010 faculta al SEPBLAC para recabar de los sujetos obligados cualquier información relacionada con el cumplimiento de las obligaciones establecidas en la ley.
Pregunta 25: ¿Qué deben hacer los sujetos obligados cuando detecten una operación que pudiera estar relacionada con el blanqueo pero no alcance el umbral de 100.000 euros?
- A) Ignorarla, ya que solo se declaran movimientos de medios de pago a partir de 100.000 euros.
- B) Archivar la documentación durante 5 años.
- C) Aplicar medidas de diligencia debida reforzada.
- D) Comunicarla como operación sospechosa si existen indicios de blanqueo.
La comunicación de operaciones sospechosas (Art. 18) es independiente del importe. Si existen indicios de blanqueo, debe comunicarse aunque el importe sea inferior a 100.000 euros.
Pregunta 26: ¿Cuál es la finalidad principal de la Ley 10/2010?
- A) Prevenir y impedir el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo.
- B) Recaudar impuestos.
- C) Regular el sistema financiero.
- D) Controlar la entrada y salida de efectivo del país.
El Art. 1.1 de la Ley 10/2010 establece que la ley tiene por objeto prevenir e impedir el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo.
Pregunta 27: ¿Qué obligación tienen los sujetos obligados respecto a las personas jurídicas con las que mantengan relaciones comerciales?
- A) Identificar a los apoderados.
- B) Identificar a los beneficiarios efectivos.
- C) Todas las anteriores.
- D) Solicitar el CIF de la empresa.
El Art. 25.1 de la Ley 10/2010, junto con la definición de beneficiario efectivo (Art. 4.f), implica la obligación de identificar al cliente, sus apoderados y beneficiarios efectivos, y en el caso de personas jurídicas, su identificación fiscal.
Pregunta 28: ¿Qué sucede si un sujeto obligado incumple la obligación de declarar movimientos de medios de pago?
- A) Se considera falta leve.
- B) No hay sanción si el importe es inferior a 100.000 euros.
- C) Se considera infracción grave.
- D) Solo se le impone una advertencia.
El Art. 56.2.c) de la Ley 10/2010 tipifica como infracción grave el incumplimiento de la obligación de declarar movimientos de medios de pago.
Pregunta 29: ¿Quién debe presentar la declaración de movimientos de medios de pago?
- A) El sujeto obligado que intervenga en el movimiento.
- B) El titular del medio de pago.
- C) Ambos, titular y sujeto obligado.
- D) Solo las entidades de crédito.
El Art. 34.1 de la Ley 10/2010 establece que la declaración debe ser presentada por los sujetos obligados que intervengan en el movimiento.
Pregunta 30: ¿Qué incluye el concepto 'medidas de diligencia debida'?
- A) Solo la identificación del cliente.
- B) Solo la comunicación de operaciones sospechosas.
- C) La identificación, el examen de la operación y la conservación de documentos.
- D) La formación del personal y la designación de un responsable.
El Art. 25.1 de la Ley 10/2010 establece que las medidas de diligencia debida comprenden la identificación del cliente, el examen de la operación y la conservación de documentos.
Pregunta 31: ¿Qué plazo tiene el SEPBLAC para acusar recibo de una comunicación de operación sospechosa?
- A) 15 días hábiles.
- B) No está obligado a acusar recibo.
- C) 48 horas.
- D) 5 días naturales.
La Ley 10/2010 no establece un plazo para que el SEPBLAC acuse recibo de las comunicaciones. El Art. 18 solo regula la obligación de comunicar por parte del sujeto obligado.
Pregunta 32: ¿Qué prohibición establece la Ley 10/2010 respecto a las comunicaciones de operaciones sospechosas?
- A) Prohíbe informar al cliente de que se ha realizado dicha comunicación.
- B) Prohíbe comunicarlas al SEPBLAC.
- C) Obliga a informar al cliente en un plazo de 48 horas.
- D) Permite informar al cliente si este lo solicita.
El Art. 20.1 de la Ley 10/2010 prohíbe a los sujetos obligados informar al cliente de que se ha comunicado una operación sospechosa al SEPBLAC.
Pregunta 33: ¿Cuál de las siguientes se considera una infracción muy grave según la Ley 10/2010?
- A) No conservar la documentación durante el plazo legal.
- B) No aplicar medidas de diligencia debida simplificada cuando corresponde.
- C) No formar al personal en materia de prevención.
- D) No comunicar operaciones sospechosas de forma reiterada.
El Art. 56.1.b) de la Ley 10/2010 tipifica como infracción muy grave la falta de comunicación de operaciones sospechosas de forma reiterada.
Pregunta 34: ¿Qué deben hacer los sujetos obligados cuando existan dudas sobre la veracidad de los datos de identificación del cliente?
- A) Adoptar medidas razonables para verificar los datos.
- B) Proceder con la operación si el cliente es conocido.
- C) Ignorar las dudas si la operación es de bajo importe.
- D) Comunicar automáticamente al SEPBLAC.
El Art. 25.2 de la Ley 10/2010 establece que si existen dudas sobre la veracidad de los datos identificativos, se adoptarán medidas razonables para verificar dichos datos.
Pregunta 35: ¿Cuál de los siguientes organismos supervisa a las entidades de crédito en materia de prevención del blanqueo?
- A) La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV).
- B) La Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.
- C) El Banco de España.
- D) La Agencia Tributaria.
El Art. 46.1 de la Ley 10/2010 atribuye al Banco de España la supervisión del cumplimiento de la ley por parte de las entidades de crédito.