Contrabando: LO 12/1995, tipificación y comiso — Cuerpo de Agentes del Servicio de Vigilancia Aduanera
Test de 32 preguntas con explicaciones justificadas.
Pregunta 1: Según la LO 12/1995, ¿qué se considera contrabando grave?
- A) La comisión de contrabando con violencia o intimidación.
- B) La introducción o extracción de mercancías sin declarar cuyo valor no exceda de 10.000 euros.
- C) El contrabando de bienes culturales protegidos por la ley.
- D) La introducción o extracción de mercancías que estén sujetas a derechos de aduana o a restricciones cuantitativas.
Según el Art. 4.1 de la LO 12/1995, es contrabando grave el que se cometa con violencia o intimidación.
Pregunta 2: ¿Qué artículo de la LO 12/1995 define el delito de contrabando de precursores de drogas?
- A) Artículo 5.
- B) Artículo 6.
- C) Artículo 7.
- D) Artículo 8.
El Art. 6 de la LO 12/1995 tipifica el contrabando de precursores de drogas.
Pregunta 3: En relación al comiso, ¿qué establece la LO 12/1995 respecto a los bienes instrumentales utilizados para el contrabando?
- A) Solo se decomisan si son de propiedad del infractor.
- B) No se decomisan si han sido utilizados sin conocimiento del propietario.
- C) Se decomisan solo si son de fácil ocultación.
- D) Se decomisan siempre, aunque sean de terceros de buena fe.
El Art. 8.1 de la LO 12/1995 establece el comiso de los bienes instrumentales, aunque sean de terceros, salvo que se demuestre su buena fe y que no pudieron prevenir su uso.
Pregunta 4: ¿Qué se entiende por 'géneros estancados' en la LO 12/1995?
- A) Todos los productos de origen agrícola.
- B) Los productos de contrabando que han sido incautados.
- C) Los productos sujetos a monopolio fiscal, como el tabaco y las bebidas alcohólicas.
- D) Los bienes culturales protegidos.
Según el Art. 5 de la LO 12/1995, los géneros estancados son aquellos sujetos a monopolio fiscal, como tabaco y bebidas alcohólicas.
Pregunta 5: Según la LO 12/1995, ¿cuál es la pena para el contrabando grave?
- A) Solo multa proporcional al valor defraudado.
- B) Multa del doble del valor de la mercancía.
- C) Prisión de 1 a 4 años y multa del tanto al décuplo del valor de la mercancía.
- D) Prisión de 6 meses a 3 años.
El Art. 4.2 de la LO 12/1995 establece para el contrabando grave la pena de prisión de 1 a 4 años y multa del tanto al décuplo del valor de la mercancía.
Pregunta 6: ¿Qué artículo de la LO 12/1995 regula el comiso de los géneros o efectos objeto de contrabando?
- A) Artículo 9.
- B) Artículo 8.
- C) Artículo 7.
- D) Artículo 10.
El Art. 7 de la LO 12/1995 regula el comiso de los géneros o efectos objeto de contrabando.
Pregunta 7: En el delito de contrabando de especies protegidas, ¿qué se requiere para su tipificación?
- A) Que se trate de especies en peligro de extinción según la ley española.
- B) Que la importación o exportación viole la normativa CITES o similar.
- C) Que el valor de las especies supere los 50.000 euros.
- D) Que se realice con fines de lucro.
El Art. 6 bis de la LO 12/1995 (incorporado por reforma) tipifica el contrabando de especies protegidas cuando se vulnera la normativa sobre comercio internacional de especies amenazadas (CITES).
Pregunta 8: ¿Qué se establece respecto a la responsabilidad penal de las personas jurídicas en la LO 12/1995?
- A) No se prevé responsabilidad penal para personas jurídicas.
- B) Son responsables cuando el delito se cometa por quienes ostenten cargos de representación.
- C) Solo son responsables si actúan con dolo.
- D) Solo son responsables en casos de contrabando grave.
El Art. 10.2 de la LO 12/1995 establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas cuando los delitos sean cometidos por quienes ostenten cargos de representación.
Pregunta 9: Según la LO 12/1995, ¿qué se considera contrabando de precursores de drogas?
- A) La importación de cualquier sustancia química.
- B) El tráfico de sustancias utilizadas para la fabricación de drogas, sin la debida autorización.
- C) La exportación de medicamentos sujetos a receta.
- D) El comercio de tabaco de contrabando.
El Art. 6 de la LO 12/1995 define el contrabando de precursores como la introducción o extracción de sustancias utilizadas para la elaboración de drogas, sin la autorización requerida.
Pregunta 10: ¿Cuál es la pena para el contrabando de géneros estancados según la LO 12/1995?
- A) Prisión de 6 meses a 3 años y multa del tanto al triplo del valor.
- B) Solo multa administrativa.
- C) Prisión de 1 a 4 años y multa del tanto al décuplo.
- D) Prisión de 2 a 6 años.
El Art. 5.1 de la LO 12/1995 establece para el contrabando de géneros estancados la pena de prisión de 6 meses a 3 años y multa del tanto al triplo del valor de los géneros.
Pregunta 11: ¿Qué artículo de la LO 12/1995 se refiere a la prescripción de los delitos de contrabando?
- A) Artículo 14.
- B) Artículo 13.
- C) Artículo 15.
- D) Artículo 12.
El Art. 15 de la LO 12/1995 regula la prescripción de los delitos de contrabando, que será de 5 años para los delitos graves y 3 para los menos graves.
Pregunta 12: En caso de contrabando, ¿qué sucede con los vehículos utilizados para el transporte?
- A) Siempre se confiscan, sin excepción.
- B) Se confiscan salvo que pertenezcan a un tercero de buena fe que no pudo impedir su uso.
- C) Nunca se confiscan si están a nombre de una empresa.
- D) Solo se confiscan si son de alta cilindrada.
Según el Art. 8.1 de la LO 12/1995, los vehículos utilizados como instrumento para el contrabando están sujetos a comiso, salvo que pertenezcan a un tercero de buena fe que no pudo impedir su uso.
Pregunta 13: ¿Qué se entiende por 'valor de la mercancía' a efectos de determinar la multa en el contrabando?
- A) El precio de venta en el mercado negro.
- B) El valor declarado por el infractor.
- C) El valor en aduana de la mercancía, incluyendo impuestos indirectos.
- D) El costo de producción.
Según el Art. 2.2 de la LO 12/1995, el valor de la mercancía se determina por su valor en aduana, incluyendo los impuestos indirectos que gravan la importación o exportación.
Pregunta 14: ¿Qué tipo de contrabando se considera menos grave según la LO 12/1995?
- A) El contrabando con violencia.
- B) El contrabando de géneros estancados.
- C) El contrabando de precursores de drogas.
- D) El contrabando de mercancías cuyo valor no exceda de 10.000 euros y no sea grave.
El Art. 3 de la LO 12/1995 define el contrabando menos grave como aquel en que el valor de la mercancía no exceda de 10.000 euros y no concurran circunstancias de gravedad.
Pregunta 15: ¿Qué establece la LO 12/1995 sobre el comiso de los beneficios obtenidos del contrabando?
- A) No se prevé el comiso de beneficios.
- B) Solo se decomisan los beneficios en efectivo.
- C) Solo se decomisan los beneficios si superan los 50.000 euros.
- D) Se decomisan los beneficios, aunque estén transformados o mezclados.
El Art. 9 de la LO 12/1995 establece el comiso de los beneficios obtenidos del delito, aunque se hayan transformado o mezclado con bienes lícitos.
Pregunta 16: ¿Qué artículo de la LO 12/1995 regula la responsabilidad civil derivada del contrabando?
- A) Artículo 10.
- B) Artículo 11.
- C) Artículo 12.
- D) Artículo 13.
El Art. 11 de la LO 12/1995 regula la responsabilidad civil derivada del delito de contrabando.
Pregunta 17: Según la LO 12/1995, ¿cuál es la jurisdicción competente para conocer de los delitos de contrabando?
- A) Jurisdicción penal ordinaria.
- B) Jurisdicción contencioso-administrativa.
- C) Jurisdicción militar.
- D) Jurisdiccción de lo social.
El Art. 13 de la LO 12/1995 atribuye el conocimiento de los delitos de contrabando a la jurisdicción penal ordinaria.
Pregunta 18: ¿Qué se considera 'violencia' a efectos del contrabando grave?
- A) El uso de fuerza física o intimidación contra los agentes de la autoridad.
- B) La mera desobediencia a una orden.
- C) Cualquier resistencia pasiva.
- D) El uso de vehículos a alta velocidad.
Según el Art. 4.1 de la LO 12/1995, se considera violencia el uso de fuerza física o intimidación contra los agentes de la autoridad aduanera o quienes les auxilien.
Pregunta 19: En el contrabando de especies protegidas, ¿qué pena se prevé?
- A) Prisión de 2 a 5 años y multa.
- B) Prisión de 1 a 4 años y multa.
- C) Solo multa administrativa.
- D) Prisión de 6 meses a 2 años.
El Art. 6 bis de la LO 12/1995 (incorporado por la LO 5/2010) establece para el contrabando de especies protegidas la pena de prisión de 2 a 5 años y multa del tanto al triplo del valor.
Pregunta 20: ¿Qué artículo de la LO 12/1995 define el delito de contrabando de bienes culturales?
- A) Artículo 4.
- B) Artículo 5.
- C) Artículo 6 ter.
- D) Artículo 6.
El Art. 6 ter de la LO 12/1995 (incorporado por reforma) tipifica el contrabando de bienes culturales.
Pregunta 21: Según la LO 12/1995, ¿qué se entiende por 'precursores de drogas'?
- A) Sustancias utilizadas en la fabricación de medicamentos.
- B) Cualquier sustancia que pueda ser tóxica.
- C) Sustancias utilizadas en la agricultura.
- D) Sustancias químicas catalogadas como tales en la normativa sobre estupefacientes.
Según el Art. 6 de la LO 12/1995, los precursores de drogas son aquellas sustancias químicas catalogadas en la normativa sobre estupefacientes y psicótropos.
Pregunta 22: ¿Qué establece la LO 12/1995 sobre la responsabilidad de los intermediarios en el contrabando?
- A) Solo son responsables si actúan con dolo directo.
- B) Solo tienen responsabilidad administrativa.
- C) No tienen responsabilidad penal.
- D) Responden solidariamente con los autores principales.
El Art. 10.3 de la LO 12/1995 establece la responsabilidad solidaria de los intermediarios y demás partícipes en el delito de contrabando.
Pregunta 23: ¿Cuál es el plazo de prescripción de las sanciones penales por contrabando menos grave?
- A) 10 años.
- B) 5 años.
- C) 3 años.
- D) 1 año.
Según el Art. 15.2 de la LO 12/1995, las sanciones penales por contrabando menos grave prescriben a los 3 años.
Pregunta 24: ¿Qué artículo de la LO 12/1995 regula el comiso de los instrumentos utilizados para ocultar mercancías?
- A) Artículo 7.
- B) Artículo 9.
- C) Artículo 10.
- D) Artículo 8.
El Art. 8 de la LO 12/1995 regula el comiso de los instrumentos utilizados para cometer el contrabando, incluidos aquellos para ocultar mercancías.
Pregunta 25: Según la LO 12/1995, ¿qué circunstancia agrava la pena en el contrabando?
- A) Que el infractor sea primario.
- B) Que el valor de la mercancía supere los 50.000 euros.
- C) Que se utilice a menores para la comisión del delito.
- D) Que el contrabando se realice en pequeña cantidad.
El Art. 4.3 de la LO 12/1995 establece como circunstancia agravante la utilización de menores para la comisión del delito.
Pregunta 26: ¿Qué se establece respecto al comiso de mercancías perecederas en la LO 12/1995?
- A) Se decomisan y se venden en pública subasta, depositándose el importe.
- B) Se decomisan y se destruyen inmediatamente.
- C) Se devuelven al infractor si paga una fianza.
- D) No se decomisan nunca.
Según el Art. 7.2 de la LO 12/1995, las mercancías perecederas o de fácil deterioro pueden ser vendidas en pública subasta, depositándose el importe.
Pregunta 27: ¿Qué artículo de la LO 12/1995 se refiere a la competencia de los Juzgados de lo Penal?
- A) Artículo 13.
- B) Artículo 14.
- C) Artículo 15.
- D) Artículo 16.
El Art. 13 de la LO 12/1995 atribuye competencia a los Juzgados de lo Penal para conocer de los delitos de contrabando.
Pregunta 28: ¿Qué se entiende por 'especies protegidas' en la LO 12/1995?
- A) Animales domésticos.
- B) Cualquier especie animal no autóctona.
- C) Plantas medicinales.
- D) Especies de flora y fauna amenazadas reguladas por convenios internacionales.
Según el Art. 6 bis de la LO 12/1995, las especies protegidas son aquellas de flora y fauna amenazadas reguladas por convenios internacionales como CITES.
Pregunta 29: Según la LO 12/1995, ¿qué pena se impone al contrabando de bienes culturales?
- A) Prisión de 1 a 3 años y multa.
- B) Prisión de 6 meses a 2 años.
- C) Solo multa administrativa.
- D) Prisión de 2 a 6 años y multa.
El Art. 6 ter de la LO 12/1995 establece para el contrabando de bienes culturales la pena de prisión de 2 a 6 años y multa del tanto al triplo del valor.
Pregunta 30: ¿Qué establece la LO 12/1995 sobre la responsabilidad del capitán del buque o comandante de la aeronave en casos de contrabando?
- A) No tienen responsabilidad si no son autores materiales.
- B) Responden solidariamente si consienten o facilitan el contrabando.
- C) Solo tienen responsabilidad administrativa.
- D) Siempre son responsables penalmente.
El Art. 10.4 de la LO 12/1995 establece la responsabilidad solidaria del capitán o comandante si consienten o facilitan el contrabando en sus medios de transporte.
Pregunta 31: ¿Cuál es el valor límite para considerar un contrabando como menos grave?
- A) 5.000 euros.
- B) 10.000 euros.
- C) 15.000 euros.
- D) 20.000 euros.
Según el Art. 3 de la LO 12/1995, el contrabando es menos grave cuando el valor de la mercancía no exceda de 10.000 euros y no concurran circunstancias de gravedad.
Pregunta 32: ¿Qué artículo de la LO 12/1995 regula la aplicación supletoria del Código Penal?
- A) Artículo 14.
- B) Artículo 13.
- C) Artículo 16.
- D) Artículo 12.
El Art. 14 de la LO 12/1995 establece que en lo no previsto en esta ley, se aplicará supletoriamente el Código Penal.