El acto administrativo: concepto y validez — Cuerpo Técnico de Hacienda
Test de 30 preguntas con explicaciones justificadas.
Pregunta 1: ¿Cuál es la definición de acto administrativo según la Ley 40/2015?
- A) Declaración de las administraciones públicas que producen efectos jurídicos.
- B) Toda decisión de una administración pública que afecta a los ciudadanos.
- C) Resolución que pone fin a un procedimiento administrativo.
- D) Manifestación de voluntad de un órgano administrativo con carácter vinculante.
El art. 46.1 de la Ley 40/2015 define el acto administrativo como declaración de las administraciones públicas que producen efectos jurídicos.
Pregunta 2: ¿Cuál de los siguientes es un elemento esencial del acto administrativo según la LPACAP?
- A) La motivación en todos los casos.
- B) La competencia del órgano que lo dicta.
- C) La publicación en el boletín oficial.
- D) La firma electrónica avanzada.
El art. 41.1.a) LPACAP establece que el acto administrativo debe emanar de un órgano competente, lo que constituye un elemento esencial.
Pregunta 3: ¿En cuál de los siguientes casos es obligatoria la motivación de un acto administrativo según la LPACAP?
- A) Cuando el acto sea de mero trámite.
- B) Cuando se resuelva un recurso administrativo.
- C) Cuando el acto se dicte en ejercicio de potestades discrecionales.
- D) Cuando el acto sea confirmatorio de otro anterior.
El art. 35.1.f) LPACAP establece que deben motivarse los actos que se dicten en el ejercicio de potestades discrecionales.
Pregunta 4: Según la LPACAP, la notificación electrónica será obligatoria:
- A) Para todos los actos administrativos.
- B) Solo para los actos que pongan fin a la vía administrativa.
- C) Cuando así lo establezca una ley sectorial.
- D) Cuando el interesado haya señalado dicho medio como preferente.
El art. 41.3 LPACAP establece que los interesados podrán señalar el medio electrónico como preferente, y en tal caso, las notificaciones se practicarán por dicho medio.
Pregunta 5: ¿En qué momento produce efectos un acto administrativo?
- A) Desde su fecha, si no se indica otra cosa.
- B) Desde el día siguiente a su notificación o publicación.
- C) Desde el momento en que se dicta.
- D) Desde que se publica en el boletín oficial.
El art. 57.1 LPACAP establece que los actos administrativos producen efectos desde la fecha en que se dicten, salvo que en ellos se disponga otra cosa.
Pregunta 6: ¿Cuál de los siguientes es causa de nulidad de pleno derecho de un acto administrativo?
- A) La falta de motivación cuando es obligatoria.
- B) Los dictados por órgano manifiestamente incompetente por razón de la materia.
- C) La infracción de una norma reglamentaria.
- D) La falta de audiencia al interesado.
El art. 47.1.b) LPACAP establece que son nulos de pleno derecho los actos dictados por órgano manifiestamente incompetente por razón de la materia o del territorio.
Pregunta 7: ¿Cuál de los siguientes es causa de anulabilidad de un acto administrativo?
- A) La falta de competencia del órgano que lo dicta.
- B) La infracción del ordenamiento jurídico.
- C) La desviación de poder.
- D) El contenido imposible.
El art. 48.1 LPACAP establece que son anulables los actos que incurran en infracción del ordenamiento, incluyendo la desviación de poder.
Pregunta 8: ¿En qué plazo puede la Administración iniciar la revisión de oficio de un acto nulo de pleno derecho?
- A) Dentro de los cuatro años siguientes a su dictado.
- B) Dentro del plazo de prescripción de la acción.
- C) Dentro de los tres meses desde su notificación.
- D) En cualquier momento.
El art. 102.1 LPACAP establece que los actos nulos de pleno derecho pueden revisarse de oficio en cualquier momento.
Pregunta 9: ¿Cuál es el plazo para solicitar la revisión de oficio de un acto firme por error de hecho?
- A) Cuatro años desde la notificación.
- B) Tres meses desde el conocimiento de los hechos.
- C) Cuatro meses desde la notificación.
- D) No hay plazo, es en cualquier momento.
El art. 103.1 LPACAP establece un plazo de cuatro años desde la notificación para solicitar la revisión por error de hecho.
Pregunta 10: ¿Ante quién se interpone el recurso de alzada?
- A) Ante el órgano superior jerárquico del que dictó el acto.
- B) Ante el órgano administrativo que se determine reglamentariamente.
- C) Ante el mismo órgano que dictó el acto.
- D) Ante la jurisdicción contencioso-administrativa.
El art. 121.1 LPACAP establece que el recurso de alzada se interpondrá ante el órgano que dictó el acto que se impugna.
Pregunta 11: ¿Cuál es el plazo general para interponer recurso de alzada?
- A) Un mes.
- B) Tres meses.
- C) Quince días hábiles.
- D) Un año.
El art. 122.1 LPACAP establece que el plazo para interponer recurso de alzada es de un mes.
Pregunta 12: ¿Contra qué actos cabe recurso de reposición?
- A) Contra actos firmes en vía administrativa.
- B) Contra actos que agoten la vía administrativa.
- C) Contra actos de trámite.
- D) Contra actos de cualquier órgano administrativo.
El art. 124.2 LPACAP establece que el recurso de reposición procede contra actos que ponen fin a la vía administrativa cuando no esté previsto recurso de alzada.
Pregunta 13: ¿Cuál de los siguientes es un supuesto para interponer recurso extraordinario de revisión?
- A) Error de derecho en la resolución.
- B) Cambio de jurisprudencia del Tribunal Supremo.
- C) Aparición de documentos de valor esencial no aportados por culpa del recurrente.
- D) Cualquier error material en el acto.
El art. 125.1.a) LPACAP establece como supuesto para el recurso extraordinario de revisión la aparición de documentos de valor esencial no aportados por culpa del recurrente.
Pregunta 14: ¿Qué efecto tiene el silencio administrativo en los procedimientos iniciados a solicitud del interesado?
- A) Desestimatorio, salvo que una norma establezca lo contrario.
- B) Siempre desestimatorio.
- C) Siempre estimatorio.
- D) Estimatorio, salvo que una norma establezca lo contrario.
El art. 24.1 LPACAP establece que en procedimientos iniciados a solicitud del interesado, el silencio es desestimatorio, salvo que una norma con rango de Ley establezca lo contrario.
Pregunta 15: ¿Cuándo se practica la notificación por edictos?
- A) Siempre que el acto sea de gran trascendencia.
- B) Cuando el interesado sea una persona jurídica.
- C) Cuando el acto sea de trámite.
- D) Cuando el interesado tenga domicilio desconocido.
El art. 44.1 LPACAP establece que la notificación por edictos se practica cuando se ignore la identidad o el domicilio del interesado.
Pregunta 16: Respecto a los actos nulos de pleno derecho, ¿cuál de las siguientes afirmaciones es correcta?
- A) Producen efectos hasta que se declara su nulidad.
- B) Producen efectos solo si son confirmados por la administración.
- C) No producen efecto alguno.
- D) Producen efectos, pero son anulables.
Los actos nulos de pleno derecho carecen de efectos desde su origen, conforme a la doctrina jurisprudencial y al art. 47.2 LPACAP que regula los efectos de la declaración de nulidad.
Pregunta 17: ¿Qué debe contener la notificación de un acto administrativo según la LPACAP?
- A) Solo el texto íntegro del acto.
- B) El texto íntegro del acto, con indicación de si pone fin o no a la vía administrativa, y los recursos que caben.
- C) Un resumen de los principales argumentos.
- D) La firma del órgano que dicta el acto.
El art. 40.1 LPACAP establece que la notificación debe contener el texto íntegro del acto, indicación de si pone fin a la vía administrativa y recursos procedentes.
Pregunta 18: ¿Cuál es el plazo máximo para notificar un acto administrativo desde su dictado?
- A) 10 días.
- B) 15 días.
- C) 20 días.
- D) 3 meses.
El art. 42.1 LPACAP establece que las notificaciones se practicarán en el plazo máximo de 10 días desde la fecha del dictado del acto.
Pregunta 19: ¿Cuál de los siguientes actos debe ser motivado?
- A) Los actos que limiten derechos subjetivos.
- B) Los actos de trámite.
- C) Los actos que se dicten como consecuencia de un recurso administrativo.
- D) Los actos que confirmen actos anteriores.
El art. 35.1.a) LPACAP establece que deben motivarse los actos que limiten derechos subjetivos o intereses legítimos.
Pregunta 20: ¿Cuál de los siguientes es un requisito subjetivo del acto administrativo?
- A) La motivación.
- B) La forma escrita.
- C) La notificación.
- D) La competencia del órgano que lo dicta.
El art. 41.1.a) LPACAP establece que el acto administrativo debe emanar del órgano competente, lo que constituye un requisito subjetivo.
Pregunta 21: ¿Cuándo se entiende producido el silencio administrativo estimatorio en los procedimientos iniciados de oficio?
- A) Desde el momento en que se interpone el recurso.
- B) Cuando el interesado así lo solicite.
- C) Transcurrido el plazo máximo para resolver sin que se notifique resolución expresa.
- D) Nunca, el silencio siempre es desestimatorio.
El art. 24.2 LPACAP establece que en procedimientos iniciados de oficio, el silencio tiene efectos estimatorios, y se produce por el transcurso del plazo sin resolución expresa.
Pregunta 22: ¿Contra qué actos cabe recurso de alzada?
- A) Contra actos que no agoten la vía administrativa.
- B) Contra actos firmes en vía administrativa.
- C) Contra actos que agoten la vía administrativa.
- D) Contra actos de trámite que no decidan el procedimiento.
El art. 121.1 LPACAP establece que el recurso de alzada cabe contra los actos que no agoten la vía administrativa.
Pregunta 23: ¿Cuál es el plazo para interponer recurso de reposición?
- A) Un mes.
- B) Tres meses.
- C) Quince días hábiles.
- D) Un año.
El art. 124.3 LPACAP establece que el plazo para interponer recurso de reposición es de un mes.
Pregunta 24: La falta de motivación de un acto administrativo cuando es obligatoria produce:
- A) Anulabilidad.
- B) Nulidad de pleno derecho.
- C) Irregularidad no invalidante.
- D) Convalidación automática.
El art. 48.1 LPACAP establece que los actos que incurran en infracción del ordenamiento son anulables, y la falta de motivación obligatoria constituye dicha infracción.
Pregunta 25: Respecto a la forma de los actos administrativos, ¿cuál de las siguientes afirmaciones es correcta?
- A) Deben ser siempre escritos.
- B) Pueden ser orales en casos de urgencia.
- C) Deben constar por escrito, salvo que su naturaleza exija otra forma.
- D) Pueden ser tácitos.
El art. 41.2 LPACAP establece que los actos administrativos se producirán por escrito, salvo que su naturaleza exija o permita otra forma.
Pregunta 26: ¿Qué es la notificación por comparecencia?
- A) La que se practica mediante anuncios en el tablón de edictos.
- B) La que se realiza por correo electrónico.
- C) La que se realiza cuando el interesado acude a las oficinas a recoger la notificación.
- D) La que se efectúa mediante publicación en el BOE.
El art. 43.1 LPACAP regula la notificación por comparecencia, que tiene lugar cuando el interesado acude a las oficinas a recoger personalmente la notificación.
Pregunta 27: ¿Desde cuándo se entiende practicada la notificación si se realiza por medios electrónicos?
- A) Desde el día en que se envía el mensaje.
- B) Desde el día siguiente a su envío.
- C) Desde el día en que conste su acceso por el interesado.
- D) Desde el día en que el interesado accede a su contenido.
El art. 45.1 LPACAP establece que las notificaciones por medios electrónicos se entienden practicadas cuando se produce el acceso a su contenido.
Pregunta 28: ¿Qué efecto tiene la confirmación expresa de un acto anulable?
- A) Lo deja sin efecto.
- B) Lo convalida, subsanando los vicios.
- C) Inicia un nuevo plazo para impugnarlo.
- D) Lo convierte en acto firme.
El art. 104.1 LPACAP establece que la Administración puede convalidar actos anulables subsanando los vicios, lo que se logra mediante confirmación expresa.
Pregunta 29: ¿En qué plazo puede la Administración revisar de oficio un acto anulable?
- A) En cualquier momento.
- B) Dentro del plazo de prescripción de la acción.
- C) Dentro de los tres meses desde su notificación.
- D) Dentro de los cuatro años siguientes a su dictado.
El art. 102.2 LPACAP establece que los actos anulables pueden revisarse de oficio en el plazo de cuatro años desde su dictado.
Pregunta 30: Según la LPACAP, el plazo máximo general para resolver y notificar un procedimiento administrativo es de:
- A) 3 meses.
- B) 6 meses.
- C) 1 año.
- D) 2 meses.
El art. 22.1 LPACAP establece que el plazo máximo para resolver y notificar un procedimiento administrativo es de 6 meses, salvo que una norma establezca uno diferente.