Herencia: aceptación, testamento y sucesión — Cuerpo Técnico de Hacienda
Test de 31 preguntas con explicaciones justificadas.
Pregunta 1: ¿Qué personas tienen capacidad para otorgar testamento según el Código Civil?
- A) Todos los mayores de 14 años.
- B) Todos los mayores de 18 años no incapacitados judicialmente.
- C) Todos los mayores de 16 años, incluso aquellos incapacitados.
- D) Solo los mayores de 21 años.
El Art. 663 CC establece que 'todos los que no estén incapacitados por ley pueden testar', y el Art. 665 indica que la edad para testar es 14 años, pero la capacidad plena requiere mayoría de edad (18 años) sin incapacidad judicial.
Pregunta 2: ¿Cuál de los siguientes es un testamento común según el Código Civil?
- A) El testamento ológrafo.
- B) El testamento militar.
- C) El testamento hecho en país extranjero.
- D) El testamento marítimo.
El Art. 676 CC divide los testamentos en comunes y especiales. Los comunes son el abierto notarial (Art. 687), el cerrado (Art. 680) y el ológrafo (Art. 678). Los testamentos militares, marítimos y en país extranjero son especiales (Art. 677).
Pregunta 3: ¿Qué parte de la herencia constituye la legítima de los hijos y descendientes?
- A) La tercera parte del haber hereditario.
- B) La mitad del haber hereditario.
- C) Las dos terceras partes del haber hereditario.
- D) La cuarta parte del haber hereditario.
El Art. 808 CC establece que 'la legítima de los hijos y descendientes consiste en las dos terceras partes del haber hereditario del padre o de la madre.'
Pregunta 4: ¿Cómo puede aceptarse una herencia según el Código Civil?
- A) Solo de forma expresa y por escrito.
- B) De forma expresa o tácita.
- C) Solo judicialmente mediante declaración formal.
- D) Solo mediante un acto notarial.
El Art. 988 CC señala que 'la aceptación podrá ser expresa o tácita'. La expresa es la declaración directa; la tácita resulta de actos que suponen necesariamente la voluntad de aceptar.
Pregunta 5: ¿Quién sucede en caso de intestado (sin testamento) cuando el causante no tiene hijos, padres ni cónyuge?
- A) Los colaterales hasta el cuarto grado.
- B) Los hermanos del causante.
- C) El Estado.
- D) Los ascendientes de grado más próximo.
Según el Art. 912 CC, el orden de sucesión intestada es: hijos y descendientes; padres y ascendientes; cónyuge; hermanos e hijos de hermanos; resto de colaterales hasta el cuarto grado; y finalmente el Estado. En este caso, los hermanos son los siguientes.
Pregunta 6: ¿Qué efecto produce la repudiación de una herencia por parte de un heredero?
- A) El heredero conserva el derecho pero no los bienes.
- B) La herencia se declara yacente indefinidamente.
- C) Se extingue el derecho del heredero y la herencia pasa al siguiente en el orden sucesorio.
- D) Automáticamente pasa al Estado.
El Art. 998 CC establece que el repudiante 'se entiende que nunca fue heredero', y su parte se distribuye entre los coherederos o, si no hay, pasa a los siguientes llamados por ley (sucesión intestada o por derecho de acrecer).
Pregunta 7: ¿Qué requisito esencial tiene el testamento ológrafo?
- A) Debe estar escrito por el testador y firmado ante notario.
- B) Debe ser escrito en presencia de dos testigos.
- C) Debe estar escrito, firmado y con la fecha completa por el testador.
- D) Debe ser registrado inmediatamente en el Registro de Testamentos.
El Art. 678 CC exige que el testamento ológrafo 'esté escrito por el testador y firmado por él, con expresión del año, mes y día en que se otorga'.
Pregunta 8: ¿Puede una persona incapacitada judicialmente recibir una herencia o legado?
- A) No, porque carece de capacidad para cualquier acto patrimonial.
- B) Sí, sin ninguna limitación.
- C) Solo puede recibir legados, no herencias.
- D) Sí, pero la aceptación debe ser realizada por su representante legal.
El Art. 754 CC establece que 'para suceder no se requiere capacidad natural; pero los incapacitados para administrar sus bienes necesitarán la asistencia de sus representantes legales' para aceptar la herencia.
Pregunta 9: ¿Qué consecuencia tiene la preterición (no mencionar) de un hijo legítimo en el testamento?
- A) El testamento es nulo en su totalidad.
- B) El hijo preterido pierde su derecho a la legítima.
- C) El hijo preterido conserva su derecho a la legítima pero no a la mejora.
- D) El hijo preterido tiene derecho a su legítima y, si es intencional, anula las disposiciones testamentarias que le perjudican.
El Art. 814 CC distingue entre preterición intencional y no intencional. En caso de intencional, 'anulará las disposiciones testamentarias' pero el hijo conserva su legítima (Art. 815).
Pregunta 10: ¿Qué es el derecho de acrecer entre coherederos?
- A) El derecho a impugnar la partición.
- B) El derecho a pedir la colación de bienes.
- C) El derecho a aumentar la propia cuota por la renuncia de otro coheredero.
- D) El derecho a recibir la herencia antes de la partición.
El Art. 981 CC define el derecho de acrecer: 'Cuando dos o más personas sean llamadas a una misma herencia o legado, sin designación de partes, se entenderán llamadas por partes iguales y acrecerá la parte del que falte a los demás'.
Pregunta 11: ¿Qué obligación tienen los herederos respecto a los bienes que el causante dio a alguno de ellos como donación?
- A) Deben devolverlos siempre a la masa hereditaria.
- B) Solo colacionan si son bienes inmuebles.
- C) Solo los hijos están obligados a colacionar.
- D) No deben traerlos a colación si el causante lo dispuso expresamente.
El Art. 1035 CC establece la obligación de colacionar las donaciones para igualar las partes. Pero el Art. 1036 permite que 'el padre o la madre pueda dispensar expresamente de la colación'.
Pregunta 12: ¿En qué orden sucede el Estado en una herencia?
- A) Siempre es el último sucediendo por defecto.
- B) Sucele directamente si no hay testamento.
- C) Sucele cuando no hay herederos abintestato de ningún grado.
- D) Sucele antes que los colaterales de cuarto grado.
El Art. 956 CC indica que 'el Estado sucede... cuando no hay personas que tengan derecho a heredar abintestato', es decir, después de todos los llamados por la sucesión intestada.
Pregunta 13: ¿Qué formalidad es esencial para el testamento abierto notarial?
- A) Que el notario redacte el instrumento público y lo autorice.
- B) Que el testador lo escriba y lo entregue al notario.
- C) La presencia de tres testigos idóneos.
- D) Que se otorgue en lengua castellana obligatoriamente.
El Art. 687 CC establece que 'el testamento abierto deberá ser autorizado por Notario', quien redacta el acta del testamento y lo incorpora a su protocolo.
Pregunta 14: ¿Qué es la herencia yacente?
- A) La herencia que está pendiente de aceptación por los herederos.
- B) La herencia que ha sido repudiada por todos los herederos.
- C) La herencia que se administra judicialmente.
- D) La herencia que ha sido ya adjudicada.
El Art. 985 CC describe la herencia yacente como el estado intermedio desde la muerte del causante hasta la aceptación por los herederos, donde 'no está todavía aceptada'.
Pregunta 15: ¿Qué herederos están obligados a formar inventario de los bienes hereditarios?
- A) Todos los herederos, siempre.
- B) Solo los herederos que sean menores de edad.
- C) Solo cuando hay legatarios.
- D) Los herederos que acepten la herencia a beneficio de inventario.
El Art. 1023 CC establece que 'el heredero que acepta bajo beneficio de inventario está obligado a formar inventario' de los bienes y derechos de la herencia.
Pregunta 16: ¿Cómo puede revocarse un testamento?
- A) Solo por otro testamento posterior.
- B) Solo mediante declaración judicial.
- C) Por otro testamento posterior o por destrucción del anterior por el testador.
- D) No puede revocarse, es irrevocable.
El Art. 737 CC establece que 'el testamento es revocable en todo tiempo por el testador'. La revocación puede ser expresa (otorgando nuevo testamento) o tácita (destruyendo el anterior, Art. 738).
Pregunta 17: ¿Quiénes son los legitimarios (herederos forzosos) según el Código Civil?
- A) Los hijos y descendientes, los padres y ascendientes, y el cónyuge.
- B) Los hijos, el cónyuge y los padres.
- C) Los hijos, los padres y los hermanos.
- D) Los hijos y el cónyuge solamente.
El Art. 807 CC enumera como herederos forzosos: 'los hijos y descendientes respecto de sus padres y ascendientes. A falta de los anteriores, los padres y ascendientes respecto de sus hijos y descendientes. El viudo o viuda en la forma establecida en la ley'.
Pregunta 18: ¿Qué es la sustitución pupilar?
- A) Sustituir al heredero por su hijo si el heredero muere antes que el testador.
- B) Nombrar un sustituto para un menor incapacitado si muere antes de alcanzar la mayoría de edad.
- C) Nombrar un sustituto para el heredero si este repudia la herencia.
- D) Sustituir al testador por otro en caso de incapacidad.
El Art. 774 CC define la sustitución pupilar: 'Podrá el testador sustituir a las personas a quienes instituye para el caso en que mueran antes que él, o no quieran, o no puedan aceptar la herencia.' La pupilar específicamente es para menores (Art. 775).
Pregunta 19: ¿En qué circunstancias puede otorgarse testamento especial en caso de epidemia?
- A) Siempre que el testador esté enfermo, incluso sin epidemia declarada.
- B) Solo durante una epidemia oficialmente declarada por la autoridad.
- C) Cuando el testador está imposibilitado de ir al notario por enfermedad.
- D) Cuando el testador se encuentre en territorio afectado por una epidemia grave.
El Art. 701 CC permite el testamento en caso de epidemia 'cuando el testador se encuentre en territorio afectado por una epidemia grave', con formalidades simplificadas (ante tres testigos mayores de 16 años).
Pregunta 20: ¿Quién tiene derecho a impugnar la partición de una herencia?
- A) Solo los herederos forzosos.
- B) Solo el cónyuge superviviente.
- C) Solo los herederos que sean menores de edad.
- D) Cualquier heredero o legatario que considere lesionado su derecho.
El Art. 1061 CC establece que 'la partición podrá ser impugnada por los coherederos cuando lesionare su derecho en la forma determinada en los artículos siguientes'. También los legatarios pueden impugnar si sus derechos están afectados.
Pregunta 21: ¿Se presume la aceptación de la herencia si el heredero realiza actos de disposición sobre bienes hereditarios?
- A) Sí, esos actos constituyen aceptación tácita.
- B) No, la aceptación siempre debe ser expresa.
- C) Solo si los actos son notariales.
- D) No, se necesita siempre declaración judicial.
El Art. 1000 CC señala que 'los actos que importen aceptación tácita... son aquellos que no podría hacer el heredero sino en concepto de tal', como vender o donar bienes hereditarios.
Pregunta 22: ¿Es válida una condición imposible impuesta a un heredero en un testamento?
- A) No, y la institución del heredero será nula.
- B) Sí, pero el heredero no debe cumplirla.
- C) Sí, siempre que sea moral.
- D) No, pero la condición se ignora y el heredero es válido.
El Art. 765 CC establece que 'las condiciones imposibles y las contrarias a las leyes o a la moral se considerarán no escritas, pero no anularán la institución del heredero o legatario'. Sin embargo, si la condición es esencial (Art. 766), puede anular la institución.
Pregunta 23: ¿Qué persona está incapacitada para otorgar testamento?
- A) El menor de 14 años.
- B) El que está incapacitado judicialmente con sentencia firme.
- C) El que está bajo curatela por prodigalidad.
- D) El que tiene incapacidad natural (por ejemplo, demencia) no judicialmente declarada.
El Art. 663 CC establece que 'todos los que no estén incapacitados por ley pueden testar'. La incapacidad por ley requiere sentencia judicial firme (Art. 664). La incapacidad natural no judicial no impide testar si no hay sentencia.
Pregunta 24: ¿Qué prohibición existe respecto al testamento mancomunado?
- A) No pueden testar dos o más personas en un mismo instrumento.
- B) No puede ser ológrafo.
- C) No puede ser revocado individualmente.
- D) No puede contener disposiciones a favor del otro testador.
El Art. 669 CC prohíbe el testamento mancomunado: 'No podrán testar dos o más personas en un mismo instrumento, ni a favor de una sola, ni a favor de varias, ya sea conjuntamente, ya sea recíprocamente.'
Pregunta 25: ¿Cómo se distribuye la herencia en la sucesión intestada entre hijos y descendientes?
- A) Por igual entre todos los hijos.
- B) Solo los hijos vivos heredan, excluyendo a los descendientes de hijos muertos.
- C) Los hijos heredan por partes iguales, pero los descendientes de hijos premuertos heredan por representación.
- D) El hijo mayor recibe una parte mayor.
Según el Art. 932 CC, 'la sucesión legítima de los hijos y descendientes... se regula por los artículos siguientes'. El Art. 924 establece el derecho de representación, permitiendo que descendientes de un hijo premuerto hereden la parte que correspondía a ese hijo.
Pregunta 26: ¿Qué procedimiento se utiliza para declarar herederos abintestato?
- A) Un acta notarial de declaración de herederos.
- B) Un procedimiento judicial de declaración de herederos.
- C) Una inscripción directa en el Registro de la Propiedad.
- D) Una declaración ante el Registro Civil.
Según la Ley de Enjuiciamiento Civil (Art. 793 y siguientes), la declaración de herederos abintestato se realiza mediante un procedimiento judicial especial, no notarial (excepto para ciertos casos de herederos consanguíneos, según ley autonómica).
Pregunta 27: ¿Qué es el derecho de representación en la sucesión?
- A) El derecho de un heredero a ser representado por un abogado.
- B) El derecho de los descendientes de una persona premuerta o indigna para heredar en su lugar.
- C) El derecho del cónyuge a representar al causante.
- D) El derecho de los padres para representar a los hijos menores.
El Art. 924 CC define: 'Llámase derecho de representación el que tienen los descendientes de una persona premuerta o indigna para heredar en su lugar y en la proporción que le correspondiera.'
Pregunta 28: ¿Qué parte de la legítima puede el testador disponer como mejora?
- A) Un tercio del total de la herencia.
- B) La mitad de la legítima.
- C) La tercera parte de la legítima.
- D) La tercera parte de la herencia libre.
El Art. 823 CC establece que 'el padre o la madre podrán disponer en concepto de mejora de la tercera parte de su haber hereditario'. Esta tercera parte de mejora es parte de la legítima (las dos terceras partes).
Pregunta 29: ¿Cuándo suceden los ascendientes en la sucesión intestada?
- A) Siempre después del cónyuge.
- B) Cuando no hay hijos ni descendientes.
- C) Cuando no hay hijos, descendientes ni cónyuge.
- D) Solo si el causante no tenía hermanos.
Según el Art. 912 CC, el orden es: 1) hijos y descendientes; 2) padres y ascendientes; 3) cónyuge; 4) hermanos... Por tanto, los ascendientes suceden cuando no hay hijos ni descendientes.
Pregunta 30: ¿Qué personas están incapacitadas para suceder por causa de indignidad?
- A) Los que hayan tenido conflictos familiares con el causante.
- B) Los que hayan abandonado al causante en su enfermedad.
- C) Los que no hayan prestado ayuda económica al causante.
- D) Los condenados por delito doloso contra el causante.
El Art. 752 CC enumera causas de indignidad, incluyendo 'los condenados en sentencia firme por atentar contra la vida, haber causado lesiones o ejercido habitualmente violencia física o psíquica en el ámbito familiar contra el causante'.
Pregunta 31: ¿Qué plazo tiene un heredero para aceptar o repudiar la herencia?
- A) 30 días desde la muerte del causante.
- B) El plazo que le conceda el juez si es requerido.
- C) 9 meses desde la muerte del causante.
- D) No hay plazo legal, puede hacerlo en cualquier tiempo.
El Código Civil no establece un plazo general para aceptar o repudiar. Sin embargo, cualquier interesado puede solicitar judicialmente que se fije un plazo (Art. 1005 CC), y si no acepta en ese plazo, se presume repudiada.