Impuesto sobre el Patrimonio — Test de Cuerpo Técnico de Hacienda
Test gratuito de 31 preguntas de Cuerpo Técnico de Hacienda, con la explicación justificada de cada respuesta. Responde las preguntas y envía el test para ver tu resultado: no necesitas registrarte.
El hecho imponible del Impuesto sobre el Patrimonio está constituido por:
- ALa titularidad de bienes y derechos de contenido económico por parte del sujeto pasivo.
- BLa posesión de una base imponible superior a 700.000 euros en bienes inmuebles.
- CLa adquisición de bienes y derechos por herencia, donación o cualquier otro título lucrativo.
- DLa tenencia de bienes declarados de interés cultural.
¿Qué bienes están exentos del Impuesto sobre el Patrimonio según su normativa básica?
- ALos derechos de propiedad intelectual o industrial.
- BLos bienes inmuebles situados en el extranjero.
- CLos bienes integrantes del Patrimonio Histórico Español declarados de interés cultural.
- DLas participaciones en instituciones de inversión colectiva.
El sujeto pasivo del Impuesto sobre el Patrimonio es:
- ALa persona física que tenga su residencia habitual en territorio español.
- BLas personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica.
- CSolo las personas físicas con nacionalidad española.
- DExclusivamente los contribuyentes del IRPF con rentas superiores a 60.000 euros.
La base imponible del Impuesto sobre el Patrimonio se determinará por el valor de:
- ALa totalidad de los bienes y derechos de contenido económico, menos las cargas y gravámenes que los disminuyan y las deudas personales.
- BSolo los bienes inmuebles y derechos reales, excluyendo activos financieros y depósitos.
- CEl valor de adquisición de los bienes, actualizado según el IPC.
- DLa suma del valor catastral de los inmuebles y el valor nominal de los activos financieros.
Según la normativa del impuesto, ¿cómo se valora generalmente un inmueble no afecto a actividades económicas?
- ASiempre por el valor catastral, sin posibilidad de usar otros referentes.
- BExclusivamente por su valor de mercado según tasación oficial.
- CPor el mayor valor entre el valor catastral, el comprobado por la Administración a efectos de otros tributos o el precio de adquisición.
- DPor el precio de adquisición actualizado mediante un índice de referencia.
En el caso de participaciones en entidades, ¿qué porcentaje de reducción se aplica sobre el valor resultante de la valoración, según la normativa básica?
- AUna reducción del 100% para todos los casos.
- BUna reducción del 95%.
- CUna reducción del 50%.
- DNo existe reducción alguna, se incluye el valor íntegro.
El mínimo exento personal y familiar en el Impuesto sobre el Patrimonio para el contribuyente es de:
- A500.000 euros.
- B700.000 euros.
- C300.000 euros.
- D1.000.000 de euros.
¿Qué elemento se suma al mínimo exento del contribuyente por cada descendiente o ascendiente?
- A150.000 euros por el primer descendiente y 50.000 por los siguientes.
- B50.000 euros por cada familiar a cargo, sin límite de edad.
- C100.000 euros por cada descendiente o ascendiente menor de 25 años que conviva con el contribuyente.
- DNo existe suma alguna por familiares.
El tipo de gravamen aplicable a la base liquidable del Impuesto sobre el Patrimonio es:
- AUn tipo fijo del 0,2%.
- BUn tipo proporcional del 1% para todas las bases liquidables.
- CUn tipo progresivo escalonado que oscila entre el 0,2% y el 3,5%.
- DUn tipo único del 2,5% para bases superiores a 10 millones de euros.
¿En qué supuesto un contribuyente no residente en España estará obligado a declarar por el Impuesto sobre el Patrimonio?
- ACuando sea titular de bienes y derechos situados en territorio español, con independencia de su valor.
- BSolo cuando el valor de sus bienes en España supere los 10 millones de euros.
- CCuando sea titular de bienes y derechos situados en territorio español cuyo valor conjunto exceda de 700.000 euros.
- DLos no residentes nunca están obligados a declarar por este impuesto.
En relación con el Impuesto sobre el Patrimonio, las Comunidades Autónomas tienen competencia para:
- AAprobar el hecho imponible y determinar los sujetos pasivos.
- BEximir totalmente el impuesto en su territorio.
- CFijar el mínimo exento personal y familiar de manera unilateral.
- DEstablecer bonificaciones sobre la cuota y modificar los tipos de la tarifa.
¿Cómo se valora un seguro de vida en el Impuesto sobre el Patrimonio?
- APor el capital asegurado.
- BPor las primas satisfechas hasta la fecha del devengo.
- CPor su valor de rescate en la fecha del devengo.
- DLos seguros de vida están totalmente exentos.
Para determinar la base liquidable del impuesto, a la base imponible se le restan:
- ALas deudas y obligaciones personales.
- BEl mínimo exento personal y familiar.
- CLas bonificaciones autonómicas.
- DLos pagos fraccionados realizados.
El período impositivo del Impuesto sobre el Patrimonio coincide con:
- AEl año natural.
- BEl ejercicio económico del contribuyente.
- CEl período comprendido entre el 1 de julio y el 30 de junio del año siguiente.
- DCada tres años.
¿Qué bienes están exentos por su afectación a una actividad empresarial o profesional?
- ALos bienes necesarios para el desarrollo de la actividad, con ciertos límites y condiciones.
- BTodos los bienes del contribuyente si este es autónomo.
- CSolo los bienes inmuebles destinados a la actividad.
- DLos bienes afectos a actividades económicas no están exentos en ningún caso.
En caso de fallecimiento del sujeto pasivo, el impuesto se devenga:
- AEl último día del año en que ocurra el fallecimiento.
- BNo se devenga por fallecimiento, se extingue la obligación tributaria.
- CEl día en que los herederos acepten la herencia.
- DEl día del fallecimiento.
¿Cómo se valoran los derechos reales de usufructo, uso y habitación?
- APor el 70% del valor total del bien cuando el usufructuario tenga menos de 20 años, reduciéndose un 1% por cada año más.
- BPor el valor de mercado del derecho según tasación pericial.
- CPor un porcentaje fijo del 50% del valor del bien, con independencia de la edad.
- DPor el 2% del valor del bien por cada año que reste hasta su extinción, con un máximo del 70%.
La obligación de presentar declaración por el Impuesto sobre el Patrimonio prescribe a los:
- A4 años.
- B5 años.
- C3 años.
- D10 años.
En el Impuesto sobre el Patrimonio, ¿cómo se valoran las joyas, pieles de carácter suntuario y vehículos?
- APor su precio de adquisición, actualizado por un coeficiente.
- BPor su valor de mercado, que deberá ser acreditado mediante tasación.
- CPor un valor objetivo fijado reglamentariamente.
- DEstán exentos de valoración por considerarse bienes de uso personal.
¿Qué bienes se consideran "derechos de contenido económico" a efectos del Impuesto sobre el Patrimonio?
- AÚnicamente los derechos derivados de relaciones laborales o mercantiles.
- BSolo los derechos reales sobre bienes inmuebles.
- CTodos los derechos patrimoniales susceptibles de valoración económica, como créditos, acciones o propiedad intelectual.
- DLos derechos personalísimos, como el honor o la intimidad.
Para los contribuyentes no residentes, ¿dónde se presentará la declaración del Impuesto sobre el Patrimonio?
- AEn la Agencia Tributaria de la Comunidad Autónoma donde resida el contribuyente.
- BEn la Delegación de Hacienda correspondiente a su último domicilio en España.
- CExclusivamente en la Oficina Central de Grandes Contribuyentes.
- DEn la Delegación de Hacienda de la provincia donde radique el mayor valor de sus bienes.
La cuota íntegra del Impuesto sobre el Patrimonio se obtiene aplicando a la base liquidable:
- AEl tipo medio de gravamen del IRPF.
- BEl tipo fijo del 0,2%.
- CLa tarifa del impuesto.
- DUn porcentaje en función del patrimonio mundial del contribuyente.
¿Qué operaciones están sujetas al pago fraccionado del Impuesto sobre el Patrimonio?
- ALas aportaciones de bienes a sociedades.
- BLa constitución de derechos reales de garantía.
- CLas transmisiones onerosas de inmuebles y vehículos.
- DLa aceptación de herencias y legados.
En el caso de bienes en el extranjero propiedad de un residente en España, para el cálculo del impuesto:
- ASe incluyen en la base imponible, con deducción de las deudas relacionadas y posibilidad de aplicar la doble imposición.
- BSe excluyen totalmente de la base imponible.
- CSolo se incluyen si superan los 50.000 euros en valor.
- DSe incluyen, pero no se permite deducir deudas sobre ellos.
El impuesto se devenga el último día del período impositivo, que es:
- A30 de junio del año siguiente.
- B31 de diciembre de cada año.
- C31 de marzo, coincidiendo con el IRPF.
- DEl día que elija el contribuyente en su declaración.
¿Cuál es el plazo general para presentar la declaración del Impuesto sobre el Patrimonio?
- ADel 1 de enero al 31 de marzo del año siguiente al devengo.
- BDel 1 de abril al 30 de junio del año siguiente al devengo.
- CDel 1 de mayo al 20 de junio del año siguiente al devengo.
- DHasta el 31 de diciembre del año siguiente al devengo.
¿Qué reducción se aplica sobre el valor de la vivienda habitual en el Impuesto sobre el Patrimonio?
- AUna reducción del 100% hasta 300.000 euros.
- BUna reducción del 50% sobre su valor catastral.
- CUna reducción del 95% si el contribuyente es mayor de 65 años.
- DNo existe reducción específica para la vivienda habitual.
Los bienes integrantes del Patrimonio Histórico Español declarados de interés cultural, para gozar de la exención, deben cumplir que:
- ANo generen ningún tipo de ingreso para su propietario.
- BSean propiedad del Estado, Comunidades Autónomas o Entidades Locales.
- CTengan una antigüedad superior a 100 años.
- DEstén inscritos en el Inventario General y su propietario asuma obligaciones de conservación y acceso público.
En el supuesto de usufructo vitalicio, si el usufructuario tiene 45 años, el porcentaje aplicable sobre el valor del bien para valorar el usufructo es:
- A2% por cada año de esperanza de vida.
- B70%.
- C45%.
- D89% menos 25% (por los años por encima de 20) = 64%.
¿Cómo se determinan las deudas deducibles en la base imponible del Impuesto sobre el Patrimonio?
- ASolo las deudas contraídas para la adquisición de bienes incluidos en la base imponible.
- BTodas las deudas existentes a 31 de diciembre, siempre que estén debidamente justificadas y no superen el valor de los bienes.
- CÚnicamente las deudas con entidades financieras supervisadas.
- DLas deudas no son deducibles en este impuesto.
La obligación de ingresar la cuota del Impuesto sobre el Patrimonio se extingue por prescripción a los:
- A10 años.
- B5 años.
- C3 años.
- D4 años.
Soluciones y explicaciones
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El hecho imponible del Impuesto sobre el Patrimonio está constituido por:
Respuesta correcta: La titularidad de bienes y derechos de contenido económico por parte del sujeto pasivo.
Según el Art. 1 de la Ley 19/1991, el hecho imponible es la titularidad de bienes y derechos de contenido económico, computados según las normas de la Ley, por parte del sujeto pasivo.
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¿Qué bienes están exentos del Impuesto sobre el Patrimonio según su normativa básica?
Respuesta correcta: Los bienes integrantes del Patrimonio Histórico Español declarados de interés cultural.
El Art. 4.1.b) de la Ley 19/1991 establece la exención para los bienes integrantes del Patrimonio Histórico Español, conforme a la Ley 16/1985, del Patrimonio Histórico Español.
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El sujeto pasivo del Impuesto sobre el Patrimonio es:
Respuesta correcta: La persona física que tenga su residencia habitual en territorio español.
Según el Art. 7.1 de la Ley 19/1991, son sujetos pasivos las personas físicas que tengan su residencia habitual en territorio español. Para no residentes, se aplica lo dispuesto en el Art. 7.2.
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La base imponible del Impuesto sobre el Patrimonio se determinará por el valor de:
Respuesta correcta: La totalidad de los bienes y derechos de contenido económico, menos las cargas y gravámenes que los disminuyan y las deudas personales.
Conforme al Art. 8.1 de la Ley 19/1991, la base imponible estará constituida por el valor neto del patrimonio, resultante de sumar el valor de los bienes y derechos y restar las cargas, gravámenes y deudas personales.
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Según la normativa del impuesto, ¿cómo se valora generalmente un inmueble no afecto a actividades económicas?
Respuesta correcta: Por el mayor valor entre el valor catastral, el comprobado por la Administración a efectos de otros tributos o el precio de adquisición.
De acuerdo con el Art. 15.1 de la Ley 19/1991, los bienes inmuebles se valorarán por el mayor de los tres valores citados: el valor catastral, el comprobado por la Administración a efectos de otros tributos o el precio de adquisición.
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En el caso de participaciones en entidades, ¿qué porcentaje de reducción se aplica sobre el valor resultante de la valoración, según la normativa básica?
Respuesta correcta: Una reducción del 95%.
El Art. 20.2 de la Ley 19/1991, tras la modificación por la Ley 38/2022, establece una reducción del 95 por ciento sobre el valor resultante de la valoración de las participaciones en entidades, con ciertos límites y condiciones.
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El mínimo exento personal y familiar en el Impuesto sobre el Patrimonio para el contribuyente es de:
Respuesta correcta: 700.000 euros.
Según el Art. 24.1 de la Ley 19/1991, el mínimo exento para el contribuyente es de 700.000 euros. Además, existe un mínimo adicional por descendientes y ascendientes (Art. 24.2).
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¿Qué elemento se suma al mínimo exento del contribuyente por cada descendiente o ascendiente?
Respuesta correcta: 100.000 euros por cada descendiente o ascendiente menor de 25 años que conviva con el contribuyente.
El Art. 24.2 de la Ley 19/1991 establece que al mínimo exento se añadirán 100.000 euros por cada descendiente o ascendiente menor de 25 años que conviva con el contribuyente y no tenga rentas superiores al salario mínimo interprofesional.
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El tipo de gravamen aplicable a la base liquidable del Impuesto sobre el Patrimonio es:
Respuesta correcta: Un tipo progresivo escalonado que oscila entre el 0,2% y el 3,5%.
El Art. 29 de la Ley 19/1991 establece una tarifa progresiva, con tipos que van desde el 0,2% hasta el 3,5% para la parte de base liquidable que exceda de 10.695.996 euros. Las CCAA pueden modificar la tarifa.
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¿En qué supuesto un contribuyente no residente en España estará obligado a declarar por el Impuesto sobre el Patrimonio?
Respuesta correcta: Cuando sea titular de bienes y derechos situados en territorio español cuyo valor conjunto exceda de 700.000 euros.
Conforme al Art. 7.2 de la Ley 19/1991, los no residentes tributan por los bienes y derechos situados en España. El Art. 32.1 exime de presentar declaración si el valor no supera 700.000 euros, lo que implica la obligación cuando sí se supera.
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En relación con el Impuesto sobre el Patrimonio, las Comunidades Autónomas tienen competencia para:
Respuesta correcta: Establecer bonificaciones sobre la cuota y modificar los tipos de la tarifa.
Según la Disposición adicional primera de la Ley 19/1991, las CCAA pueden establecer y regular bonificaciones de la cuota, así como modificar los tipos de la tarifa del impuesto, dentro de su ámbito territorial.
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¿Cómo se valora un seguro de vida en el Impuesto sobre el Patrimonio?
Respuesta correcta: Por su valor de rescate en la fecha del devengo.
De acuerdo con el Art. 18.1 de la Ley 19/1991, los seguros de vida se valorarán por el valor de rescate en la fecha del devengo del impuesto.
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Para determinar la base liquidable del impuesto, a la base imponible se le restan:
Respuesta correcta: El mínimo exento personal y familiar.
El Art. 24 de la Ley 19/1991 establece que la base liquidable es el resultado de practicar en la base imponible las reducciones por mínimo personal y familiar.
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El período impositivo del Impuesto sobre el Patrimonio coincide con:
Respuesta correcta: El año natural.
Según el Art. 3.1 de la Ley 19/1991, el período impositivo será el año natural, salvo en el caso de fallecimiento, que será el día del fallecimiento.
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¿Qué bienes están exentos por su afectación a una actividad empresarial o profesional?
Respuesta correcta: Los bienes necesarios para el desarrollo de la actividad, con ciertos límites y condiciones.
El Art. 4.3 de la Ley 19/1991 establece una exención para los bienes afectos a actividades económicas, con los requisitos y límites que se señalan en dicho artículo.
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En caso de fallecimiento del sujeto pasivo, el impuesto se devenga:
Respuesta correcta: El día del fallecimiento.
Conforme al Art. 3.2 de la Ley 19/1991, en caso de fallecimiento del sujeto pasivo, el período impositivo se entenderá comprendido entre el 1 de enero y el día del fallecimiento, devengándose el impuesto en esta última fecha.
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¿Cómo se valoran los derechos reales de usufructo, uso y habitación?
Respuesta correcta: Por el 2% del valor del bien por cada año que reste hasta su extinción, con un máximo del 70%.
Según el Art. 22.1 de la Ley 19/1991, el usufructo temporal se valora en un 2% del valor del bien por cada año, hasta un máximo del 70%. El usufructo vitalicio se valora aplicando el 89% al valor del bien si el usufructuario tiene menos de 20 años, reduciéndose en un 1% por cada año más, con un mínimo del 10%.
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La obligación de presentar declaración por el Impuesto sobre el Patrimonio prescribe a los:
Respuesta correcta: 4 años.
Según la Ley 58/2003, General Tributaria, el plazo de prescripción para la obligación de declarar es de 4 años (Art. 66.a).
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En el Impuesto sobre el Patrimonio, ¿cómo se valoran las joyas, pieles de carácter suntuario y vehículos?
Respuesta correcta: Por su valor de mercado, que deberá ser acreditado mediante tasación.
El Art. 17 de la Ley 19/1991 establece que estos bienes se valorarán por su valor de mercado, que deberá ser acreditado por el contribuyente mediante tasación pericial o documento fehaciente.
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¿Qué bienes se consideran "derechos de contenido económico" a efectos del Impuesto sobre el Patrimonio?
Respuesta correcta: Todos los derechos patrimoniales susceptibles de valoración económica, como créditos, acciones o propiedad intelectual.
El Art. 1 de la Ley 19/1991 incluye dentro del hecho imponible la titularidad de bienes y derechos de contenido económico, lo que abarca cualquier derecho con valor económico.
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Para los contribuyentes no residentes, ¿dónde se presentará la declaración del Impuesto sobre el Patrimonio?
Respuesta correcta: En la Delegación de Hacienda de la provincia donde radique el mayor valor de sus bienes.
Según el Art. 34.2 de la Ley 19/1991, los no residentes presentarán la declaración en la Delegación de Hacienda de la provincia donde radique el mayor valor de sus bienes o derechos en España.
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La cuota íntegra del Impuesto sobre el Patrimonio se obtiene aplicando a la base liquidable:
Respuesta correcta: La tarifa del impuesto.
Conforme al Art. 29 de la Ley 19/1991, la cuota íntegra es el resultado de aplicar a la base liquidable la tarifa del impuesto.
-
¿Qué operaciones están sujetas al pago fraccionado del Impuesto sobre el Patrimonio?
Respuesta correcta: Las aportaciones de bienes a sociedades.
El Art. 35 de la Ley 19/1991 establece un pago fraccionado en el caso de aportaciones de bienes a sociedades, con ciertas condiciones.
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En el caso de bienes en el extranjero propiedad de un residente en España, para el cálculo del impuesto:
Respuesta correcta: Se incluyen en la base imponible, con deducción de las deudas relacionadas y posibilidad de aplicar la doble imposición.
Según los Arts. 8 y 9 de la Ley 19/1991, se incluyen todos los bienes y derechos, con deducción de cargas y deudas. El Art. 31 prevé una deducción por doble imposición internacional.
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El impuesto se devenga el último día del período impositivo, que es:
Respuesta correcta: 31 de diciembre de cada año.
El Art. 3.1 de la Ley 19/1991 establece que el período impositivo es el año natural, y el Art. 30.1 señala que el impuesto se devengará el último día del período impositivo (31 de diciembre).
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¿Cuál es el plazo general para presentar la declaración del Impuesto sobre el Patrimonio?
Respuesta correcta: Del 1 de abril al 30 de junio del año siguiente al devengo.
Según el Art. 32.1 de la Ley 19/1991, el plazo para presentar la declaración será desde el 1 de abril hasta el 30 de junio del año siguiente al devengo.
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¿Qué reducción se aplica sobre el valor de la vivienda habitual en el Impuesto sobre el Patrimonio?
Respuesta correcta: No existe reducción específica para la vivienda habitual.
La Ley 19/1991 no establece una reducción específica para la vivienda habitual. No obstante, las CCAA pueden establecer bonificaciones que, en la práctica, pueden eximirla total o parcialmente.
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Los bienes integrantes del Patrimonio Histórico Español declarados de interés cultural, para gozar de la exención, deben cumplir que:
Respuesta correcta: Estén inscritos en el Inventario General y su propietario asuma obligaciones de conservación y acceso público.
El Art. 4.1.b) de la Ley 19/1991 exige, para la exención, que los bienes estén inscritos en el Inventario General y que su propietario asuma las obligaciones de conservación, exposición pública e investigación establecidas en la Ley 16/1985.
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En el supuesto de usufructo vitalicio, si el usufructuario tiene 45 años, el porcentaje aplicable sobre el valor del bien para valorar el usufructo es:
Respuesta correcta: 89% menos 25% (por los años por encima de 20) = 64%.
Según el Art. 22.1 de la Ley 19/1991, el usufructo vitalicio se valora aplicando al valor total del bien el 89% menos el 1% por cada año que exceda de 20, con un mínimo del 10%. A 45 años: 89% - (45-20)= 89%-25%= 64%.
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¿Cómo se determinan las deudas deducibles en la base imponible del Impuesto sobre el Patrimonio?
Respuesta correcta: Todas las deudas existentes a 31 de diciembre, siempre que estén debidamente justificadas y no superen el valor de los bienes.
El Art. 9.1 de la Ley 19/1991 establece que son deducibles las deudas y obligaciones personales del contribuyente existentes en la fecha del devengo, siempre que estén debidamente justificadas y no superen el valor de los bienes.
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La obligación de ingresar la cuota del Impuesto sobre el Patrimonio se extingue por prescripción a los:
Respuesta correcta: 4 años.
Conforme a la Ley 58/2003, General Tributaria, el plazo de prescripción para la deuda tributaria es de 4 años (Art. 66.a).