Régimen económico matrimonial y gananciales — Cuerpo Técnico de Hacienda
Test de 32 preguntas con explicaciones justificadas.
Pregunta 1: ¿Cuál es el régimen económico matrimonial supletorio (que se aplica si no se pacta otro) para los matrimonios celebrados en España, según el Código Civil?
- A) Separación de bienes.
- B) Sociedad de gananciales.
- C) Régimen de participación.
- D) Régimen mixto.
Art. 1345 CC establece que el régimen supletorio es la sociedad de gananciales, excepto en aquellas Comunidades Autónomas con derecho foral o especial que establezcan otro.
Pregunta 2: Los bienes obtenidos por uno de los cónyuges a título de herencia o legado durante la vigencia de la sociedad de gananciales son considerados:
- A) Bienes gananciales.
- B) Bienes gananciales si son inmuebles.
- C) Bienes comunes solo si se pacta en capitulaciones.
- D) Bienes privativos del cónyuge que los recibe.
Art. 1346.2 CC establece que son privativos de cada cónyuge los bienes adquiridos por título gratuito (herencia, legado).
Pregunta 3: En el régimen de separación de bienes, ¿de qué tipo son los bienes adquiridos por los cónyuges durante su matrimonio?
- A) Son todos gananciales.
- B) Son gananciales si se compran con dinero común.
- C) Son comunes si se obtienen con trabajo de ambos.
- D) Son todos privativos del cónyuge que los adquirió.
Art. 1437 CC establece que en la separación de bienes, cada cónyuge conserva la propiedad y administración de sus bienes presentes y futuros.
Pregunta 4: Según el Código Civil, ¿qué actos de administración de los bienes gananciales requieren el consentimiento de ambos cónyuges?
- A) La venta de bienes gananciales inmuebles y establecimientos mercantiles.
- B) Todos los actos de administración ordinaria.
- C) La compra de bienes gananciales de cualquier tipo.
- D) Solo la disposición de bienes gananciales mediante testamento.
Art. 1375 CC establece que para disponer gratuitamente o onerosamente de bienes gananciales inmuebles, establecimientos mercantiles o industriales, objetos preciosos, se necesita el consentimiento de ambos.
Pregunta 5: Las cargas y obligaciones de la sociedad de gananciales incluyen, según el Código Civil:
- A) El sostenimiento de la familia, las deudas contraidas por ambos conjuntamente o por uno con consentimiento del otro, y las deudas contraidas por uno solo para la gestión ordinaria de la casa o el ejercicio de su profesión.
- B) El sostenimiento de la familia, las deudas contraidas por ambos, y las deudas privativas de cada cónyuge.
- C) Solo el sostenimiento de la familia y las deudas contraidas por ambos.
- D) Solo las deudas contraidas conjuntamente por ambos cónyuges.
Art. 1362 CC enumera las cargas de la sociedad: sostenimiento familia, deudas conjuntas o con consentimiento, y deudas de uno para gestión ordinaria casa o ejercicio profesión.
Pregunta 6: En la sociedad de gananciales, ¿qué ocurre con los bienes adquiridos por uno de los cónyuges antes del matrimonio?
- A) Se convierten automáticamente en gananciales.
- B) Son gananciales si se declaran en capitulaciones.
- C) Son privativos, pero si se mejoran con trabajo común pasan a gananciales.
- D) Son privativos de ese cónyuge, pero sus rendimientos son gananciales.
Art. 1346.1 CC establece que los bienes aportados al matrimonio o adquiridos después por título gratuito son privativos, pero los frutos, rentas o intereses que produzcan son gananciales.
Pregunta 7: Para modificar el régimen económico matrimonial durante el matrimonio, se requiere:
- A) Un acuerdo privado entre los cónyuges.
- B) Capitulaciones matrimoniales inscritas en el Registro Civil.
- C) Una sentencia judicial.
- D) La aprobación de un notario sin inscripción.
Art. 1315 CC establece que las capitulaciones matrimoniales, para modificar el régimen económico, deben otorgarse en escritura pública e inscribirse en el Registro Civil.
Pregunta 8: ¿Cuál de las siguientes NO es una causa de disolución de la sociedad de gananciales según el Código Civil?
- A) La muerte de uno de los cónyuges.
- B) El cambio de régimen económico por capitulaciones.
- C) La separación judicial.
- D) La declaración de nulidad del matrimonio.
Art. 1392 CC establece causas de disolución: muerte, separación judicial, divorcio, declaración de nulidad. El cambio por capitulaciones (Art. 1393) es una causa de liquidación, pero no de disolución automática; la sociedad se disuelve al cambiar de régimen.
Pregunta 9: Durante la liquidación de la sociedad de gananciales, ¿qué se hace primero?
- A) Se reparten los bienes a partes iguales.
- B) Se adjudican los bienes a cada cónyuge según su aportación.
- C) Se pagan las cargas y deudas de la sociedad.
- D) Se forman las masas de bienes privativos y gananciales.
Art. 1396 CC establece que la liquidación comienza formando la masa común ganancial y las masas privativas de cada cónyuge.
Pregunta 10: En el régimen de participación, ¿qué derecho tiene cada cónyuge al finalizar el régimen?
- A) Recibir todos los bienes adquiridos por el otro.
- B) Participar en las ganancias obtenidas por el otro durante el matrimonio.
- C) Recibir una compensación económica fija.
- D) Participar solo en los bienes inmuebles del otro.
Art. 1411 CC define el régimen de participación: cada cónyuge tiene derecho a participar en las ganancias obtenidas por el otro durante su vigencia.
Pregunta 11: ¿Qué bienes se consideran gananciales en la sociedad de gananciales, según el Código Civil?
- A) Los obtenidos por el trabajo o industria de cualquiera de los cónyuges.
- B) Los adquiridos por título gratuito durante el matrimonio.
- C) Los bienes aportados al matrimonio por cada cónyuge.
- D) Los bienes que cada cónyuge declare como privativos en capitulaciones.
Art. 1347.1 CC establece que son gananciales los obtenidos por el trabajo o industria de cualquiera de los cónyuges.
Pregunta 12: La administración de los bienes privativos en la sociedad de gananciales corresponde:
- A) Solo al cónyuge que los adquirió después del matrimonio.
- B) A ambos cónyuges conjuntamente.
- C) Al cónyuge que aportó más bienes al matrimonio.
- D) Al cónyuge titular del bien.
Art. 1373 CC establece que cada cónyuge administra libremente sus bienes privativos.
Pregunta 13: ¿Qué se requiere para que una deuda contraida por un solo cónyuge sea carga de la sociedad de gananciales?
- A) Que el otro cónyuge la autorice expresamente.
- B) Que sea para el ejercicio de la profesión o la gestión ordinaria del hogar.
- C) Que sea una deuda de gran cantidad.
- D) Que sea contraída antes del matrimonio.
Art. 1362.3 CC establece que son cargas las deudas contraidas por uno de los cónyuges en el ejercicio de su profesión o industria, o en la gestión ordinaria del hogar.
Pregunta 14: En la liquidación de gananciales, si un bien ganancial se ha deteriorado sin culpa de los cónyuges, ¿qué ocurre?
- A) Se compensa con otros bienes.
- B) Se atribuye al cónyuge que lo usaba.
- C) Se reparte su valor actual.
- D) Se excluye de la masa ganancial.
Art. 1402 CC establece que los bienes gananciales se liquidan por su valor actual al tiempo de la disolución, salvo deterioro por culpa de un cónyuge.
Pregunta 15: ¿Qué régimen económico matrimonial es aplicable si los cónyuges no otorgan capitulaciones y residen en una Comunidad Autónoma con derecho foral que establece separación de bienes como supletorio?
- A) Sociedad de gananciales.
- B) Régimen de participación.
- C) Separación de bienes.
- D) El que decida el juez.
Art. 1345 CC establece que el régimen supletorio es el determinado por la legislación civil aplicable (derecho común o foral). En algunas CCAA como Cataluña, el supletorio es separación de bienes.
Pregunta 16: En el régimen de separación de bienes, ¿a qué están obligados los cónyuges respecto a las cargas del matrimonio?
- A) A contribuir según lo pactado en capitulaciones.
- B) A contribuir ambos igualmente.
- C) A contribuir proporcionalmente a sus recursos.
- D) A contribuir solo el cónyuge con más bienes.
Art. 1438 CC establece que los cónyuges contribuirán al sostenimiento de las cargas del matrimonio proporcionalmente a sus recursos económicos.
Pregunta 17: La presunción de ganancialidad de los bienes adquiridos durante el matrimonio en el régimen de gananciales se aplica:
- A) A todos los bienes adquiridos a título oneroso.
- B) Solo a los bienes inmuebles.
- C) Solo a los bienes adquiridos conjuntamente.
- D) A ningún bien, deben estar registrados.
Art. 1361 CC establece la presunción de ganancialidad: los bienes adquiridos durante el matrimonio a título oneroso se presumen gananciales, salvo prueba de privatividad.
Pregunta 18: ¿Qué ocurre con las ganancias obtenidas por un cónyuge durante el matrimonio en el régimen de participación al finalizar éste?
- A) Se reparten automáticamente a partes iguales.
- B) El otro cónyuge tiene derecho a la mitad de las ganancias del primero.
- C) El otro cónyuge tiene derecho a participar en el incremento patrimonial del primero.
- D) Se pierden todas las ganancias.
Art. 1411 CC define que en el régimen de participación, cada cónyuge tiene derecho a participar en las ganancias (incremento patrimonial) del otro durante su vigencia.
Pregunta 19: Las capitulaciones matrimoniales pueden pactarse:
- A) Solo antes del matrimonio.
- B) Solo durante el matrimonio.
- C) Antes, durante o después del matrimonio.
- D) Solo después del divorcio.
Art. 1315 CC establece que las capitulaciones pueden otorgarse antes o durante el matrimonio (y en algunos casos después, para liquidación).
Pregunta 20: ¿Qué bienes son siempre privativos en la sociedad de gananciales?
- A) Los obtenidos por donación.
- B) Los obtenidos por compra durante el matrimonio.
- C) Los obtenidos por trabajo de ambos.
- D) Los bienes muebles de uso personal.
Art. 1346.2 CC establece que los bienes adquiridos por título gratuito (donación, herencia) son privativos.
Pregunta 21: La sociedad de gananciales responde de las deudas contraidas por uno de los cónyuges:
- A) Siempre, sin excepción.
- B) Si son para el ejercicio de su profesión o industria, o gestión ordinaria del hogar.
- C) Solo si son contraidas con consentimiento del otro.
- D) Solo si son deudas anteriores al matrimonio.
Art. 1362.3 CC establece que la sociedad responde de las deudas contraidas por uno de los cónyuges en el ejercicio de su profesión o industria, o en la gestión ordinaria del hogar.
Pregunta 22: En la liquidación de gananciales, ¿qué se hace con los bienes gananciales después de pagar las cargas?
- A) Se adjudican al cónyuge que más aportó.
- B) Se reparten a partes iguales entre los cónyuges.
- C) Se reparten proporcionalmente a la aportación de cada uno.
- D) Se venden y reparte el dinero.
Art. 1397 CC establece que el haber ganancial, después de pagar las cargas, se divide por mitad entre los cónyuges o sus herederos.
Pregunta 23: ¿Qué régimen económico matrimonial permite que cada cónyuge tenga derecho a participar en las ganancias del otro al finalizar el régimen?
- A) Régimen de participación.
- B) Separación de bienes.
- C) Sociedad de gananciales.
- D) Régimen mixto.
Art. 1411 CC define el régimen de participación: cada cónyuge participa en las ganancias del otro al finalizar el régimen.
Pregunta 24: La nulidad de las capitulaciones matrimoniales puede declararse cuando:
- A) Un cónyuge no está conforme después.
- B) Se modifican después del matrimonio.
- C) Se pactan condiciones ilegales o contrarias a la ley.
- D) No se inscriben en el Registro Civil.
Art. 1317 CC establece que las capitulaciones son nulas cuando contienen condiciones ilegales o contrarias a las disposiciones de este título (del CC).
Pregunta 25: ¿Qué se considera 'gestión ordinaria del hogar' en la sociedad de gananciales?
- A) Solo la compra de alimentos.
- B) Las inversiones financieras.
- C) La compra de inmuebles.
- D) Las actividades normales para el mantenimiento de la familia y casa.
Art. 1362.3 CC menciona la 'gestión ordinaria del hogar' como ámbito donde las deudas de un cónyuge son carga de la sociedad, entendido como actividades normales de mantenimiento.
Pregunta 26: En el régimen de separación de bienes, ¿qué ocurre con los bienes adquiridos indistintamente por ambos cónyuges?
- A) Se presumen propiedad de ambos por mitades.
- B) Se presumen gananciales.
- C) Son propiedad del cónyuge que pagó.
- D) Se dividen automáticamente a partes iguales.
Art. 1439 CC establece que los bienes adquiridos indistintamente por ambos cónyuges se presumen propiedad de ambos por mitades indivisas.
Pregunta 27: La liquidación de la sociedad de gananciales puede realizarse:
- A) Solo por sentencia judicial.
- B) Por acuerdo privado entre los cónyuges.
- C) Por acuerdo entre los cónyuges o por vía judicial.
- D) Solo por un notario.
Arts. 1396 y 1398 CC permiten la liquidación por acuerdo de los cónyuges o, en caso de conflicto, por vía judicial.
Pregunta 28: ¿Qué bienes son gananciales aunque sean recibidos por un solo cónyuge durante el matrimonio?
- A) Los bienes adquiridos por compra a título oneroso.
- B) Los bienes adquiridos por donación.
- C) Los bienes adquiridos por herencia.
- D) Los bienes adquiridos antes del matrimonio.
Art. 1347.1 CC establece que son gananciales los bienes adquiridos a título oneroso durante el matrimonio, aunque sea por un solo cónyuge (presunción de ganancialidad, Art. 1361).
Pregunta 29: En la sociedad de gananciales, ¿qué ocurre con los frutos de los bienes privativos?
- A) Son también privativos.
- B) Son gananciales.
- C) Son privativos solo si se pacta.
- D) Se dividen a partes iguales.
Art. 1346.1 CC establece que los bienes privativos producen frutos, rentas o intereses que son gananciales.
Pregunta 30: ¿Qué actos de disposición de bienes gananciales pueden realizar cada cónyuge individualmente?
- A) La venta de inmuebles gananciales.
- B) La disposición de establecimientos mercantiles.
- C) La donación de bienes gananciales.
- D) Los actos de administración ordinaria.
Art. 1374 CC establece que cada cónyuge puede realizar actos de administración ordinaria sobre los bienes gananciales, pero no actos de disposición que requieren consentimiento ambos (Art. 1375).
Pregunta 31: ¿Qué plazo tiene un cónyuge para impugnar un acto de disposición de bienes gananciales realizado por el otro sin su consentimiento?
- A) No hay plazo, es siempre válido.
- B) Cuatro años desde el acto.
- C) Un año desde que conoce el acto.
- D) Un mes desde el acto.
Art. 1375 CC establece que el cónyuge que no consintió puede impugnar el acto dentro del año siguiente a que conozca su ejecución.
Pregunta 32: En el régimen de participación, al finalizar el régimen, ¿cómo se calcula el derecho de participación?
- A) Se paga una cantidad fija pactada.
- B) Se suman todos los bienes y se dividen por mitad.
- C) Se adjudican los bienes a quien los adquirió.
- D) Se compara el patrimonio inicial y final de cada cónyuge.
Art. 1412 CC establece que se determina el incremento patrimonial de cada cónyuge comparando su patrimonio final con el inicial, y el otro tiene derecho a participar en ese incremento.