Contencioso-administrativo: capacidad, legitimación y actos impugnables — Test de Gestion Procesal
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¿Quién tiene capacidad procesal en el orden contencioso-administrativo, conforme a la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LJCA)?
- ATodas las personas físicas y jurídicas con capacidad de obrar.
- BExclusivamente las personas físicas mayores de edad.
- CSolo las personas jurídicas públicas.
- DÚnicamente quienes tengan la nacionalidad española.
Para impugnar un acto administrativo que declare la lesividad de un acto anulable, ¿quién está legitimado activamente?
- ACualquier persona afectada por el acto originario.
- BLa Administración autora del acto declarado lesivo.
- CExclusivamente el Ministerio Fiscal.
- DLos titulares de derechos subjetivos o intereses legítimos en el acto originario.
En el caso de actos que pongan fin a la vía administrativa, ¿cuál es el plazo general para interponer recurso contencioso-administrativo?
- ADos meses desde la notificación del acto.
- BSeis meses desde la notificación del acto.
- CDos meses desde la notificación de la resolución del recurso de alzada o reposición.
- DDos meses desde la notificación del acto que agota la vía administrativa.
¿Están legitimadas para recurrir en defensa del interés general las asociaciones de consumidores y usuarios, respecto de actos que afecten a sus miembros?
- ASí, siempre que estén inscritas en el registro correspondiente.
- BSí, pero solo si el acto es de carácter reglamentario.
- CNo, solo están legitimados los afectados individualmente.
- DSí, pero exclusivamente si actúan en representación de sus miembros mediante poder notarial.
¿Qué tipo de actos administrativos son directamente impugnables ante el orden contencioso-administrativo, según la LJCA?
- ATodos los actos administrativos, sin excepción.
- BSolo los actos que agoten la vía administrativa y los que la Ley declare expresamente impugnables.
- CÚnicamente los actos que agoten la vía administrativa.
- DLos actos que causen estado y los actos de trámite que decidan directa o indirectamente el fondo del asunto.
En relación con la capacidad para ser parte en el proceso contencioso-administrativo, ¿cuál de las siguientes afirmaciones es correcta?
- ALas entidades sin personalidad jurídica nunca tienen capacidad para ser parte.
- BEl Estado, las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales tienen siempre capacidad para ser parte.
- CLas personas físicas menores de edad carecen siempre de capacidad procesal.
- DLas sociedades mercantiles en formación carecen de capacidad para ser parte hasta su inscripción registral.
La legitimación de un particular para recurrir un acto administrativo requiere:
- ASer titular de un derecho subjetivo o interés legítimo, personal y directo.
- BSer ciudadano español y estar empadronado en el municipio donde se dictó el acto.
- CTener un interés meramente reflexivo o difuso en la materia.
- DHaber participado en el procedimiento administrativo previo de forma obligatoria.
Para la impugnación de reglamentos, ¿quiénes están legitimados activamente?
- ACualquier ciudadano.
- BSolo el Ministerio Fiscal y las Administraciones Públicas afectadas.
- CLas personas físicas o jurídicas que invoquen un interés legítimo y directo, así como el Ministerio Fiscal y determinadas entidades.
- DExclusivamente las personas jurídicas a las que el reglamento imponga obligaciones.
¿Cuándo procede la intervención del Ministerio Fiscal en el proceso contencioso-administrativo?
- ASiempre es parte necesaria en todo proceso.
- BSolo cuando se impugnan actos que afecten al orden público.
- CEn los supuestos que la Ley determine, especialmente en defensa de la legalidad y los derechos fundamentales.
- DÚnicamente si lo solicita alguna de las partes.
Respecto a la capacidad procesal de las entidades sin personalidad jurídica, la LJCA establece que:
- ACarecen siempre de capacidad procesal.
- BTienen capacidad procesal cuando la Ley así lo establezca.
- CSolo la tienen si actúan a través de un representante legal con personalidad jurídica.
- DTienen capacidad procesal únicamente para demandar, pero no para ser demandadas.
La legitimación de los Colegios Profesionales para recurrir en contencioso-administrativo se reconoce:
- APara defender los intereses generales de la profesión, salvo cuando se trate de actos que afecten a colegiados individualmente.
- BSolo en materias estrictamente disciplinarias internas.
- CPara defender los intereses generales de la profesión, incluso en el caso de actos que afecten a un solo colegiado.
- DNunca, ya que carecen de interés legítimo suficiente.
¿Son actos impugnables en vía contencioso-administrativa los emanados de las Cortes Generales o de las Asambleas Legislativas de las CCAA?
- ASí, siempre que sean actos administrativos.
- BNo, en ningún caso, por su naturaleza parlamentaria.
- CSolo los actos de aplicación de los Reglamentos parlamentarios que afecten a derechos fundamentales.
- DSí, cuando se trate de actos de organización interna que afecten a terceros.
La legitimación pasiva en un recurso contra un acto administrativo recae sobre:
- AÚnicamente sobre la Administración autora del acto impugnado.
- BSobre la Administración autora del acto y, en su caso, sobre los particulares que sean titulares de derechos contradictorios.
- CSiempre sobre el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.
- DExclusivamente sobre la Administración de mayor nivel jerárquico.
En el recurso contencioso-administrativo contra un acto que resuelve un recurso de alzada, ¿cuál es el plazo de interposición?
- ASeis meses desde la notificación del acto inicial.
- BDos meses desde la notificación de la resolución del recurso de alzada.
- CUn mes desde la notificación de la resolución del recurso de alzada.
- DTres meses desde que se produjo el acto inicial.
¿Puede una persona jurídica extranjera con sucursal en España ser parte en un proceso contencioso-administrativo?
- ANo, carece de capacidad procesal por no tener nacionalidad española.
- BSí, tiene capacidad procesal si actúa a través de su representante designado conforme a derecho.
- CSí, pero solo para impugnar actos relacionados con su actividad comercial.
- DNo, salvo que exista tratado internacional de reciprocidad.
La legitimación de los vecinos para impugnar licencias municipales que consideren lesivas para el patrimonio histórico-artístico se basa en:
- AUn interés legítimo colectivo o difuso reconocido por la ley.
- BUn derecho subjetivo de propiedad sobre los bienes colindantes.
- CLa condición de contribuyente municipal.
- DLa participación previa y obligatoria en el procedimiento administrativo.
¿Son impugnables los actos de mero trámite que no decidan directa o indirectamente el fondo del asunto?
- ASí, siempre que el recurrente alegue un perjuicio irreparable.
- BNo, salvo que simultáneamente se recurra el acto final.
- CSí, si posteriormente no cabe recurso contra el acto final.
- DNo, según el principio de unidad de acto.
Un acto presunto (silencio administrativo) negativo, ¿es impugnable directamente ante el orden contencioso-administrativo?
- ANo, nunca, porque no es un acto expreso.
- BSí, siempre, porque se entiende que agota la vía administrativa.
- CSolo si la norma reguladora del procedimiento así lo establece expresamente.
- DSí, cuando la Ley así lo declare o cuando se trate de un supuesto de desestimación presunta de un recurso de alzada.
¿Quién está legitimado para interponer recurso contencioso-administrativo contra una disposición general (reglamento ilegal)?
- ACualquier ciudadano, por el mero hecho de serlo.
- BSolo las personas directamente afectadas en sus derechos subjetivos.
- CQuienes ostenten un interés legítimo y directo, el Ministerio Fiscal y determinadas entidades representativas.
- DExclusivamente las Administraciones Públicas territoriales.
¿Qué sucede con la legitimación si el recurrente fallece durante la tramitación del proceso?
- AEl proceso se extingue automáticamente.
- BSus herederos pueden subrogarse en su posición, siempre que acrediten interés legítimo.
- CSolo puede continuar el proceso si el recurso era por la defensa de un derecho personalísimo.
- DEl Ministerio Fiscal debe asumir necesariamente la titularidad activa.
¿Puede una Comunidad Autónoma impugnar un reglamento estatal ante la jurisdicción contencioso-administrativa?
- ANo, porque las normas con rango de ley y los reglamentos estatales están fuera del control de esta jurisdicción.
- BSí, porque tiene legitimación como Administración Pública afectada.
- CSolo si el reglamento invade sus competencias estatutarias.
- DNo, debe recurrir primero ante el Tribunal Constitucional.
La capacidad procesal de un menor de edad emancipado en el orden contencioso-administrativo es:
- ANula, siempre debe actuar representado por sus padres.
- BPlena, al igual que cualquier mayor de edad.
- CLimitada solo para actos relacionados con su capacidad de obrar civil.
- DExiste, pero para ciertos actos puede necesitar asistencia.
La impugnación de los actos de la Administración que agotan la vía administrativa, ¿puede realizarse directamente ante los Tribunales ordinarios?
- ASí, siempre que el actor elija entre la vía contenciosa y la civil.
- BNo, salvo que se trate de materias reservadas a otros órdenes jurisdiccionales.
- CSí, si el acto tiene naturaleza contractual.
- DNo, la Ley establece la jurisdicción contencioso-administrativa como la competente por regla general.
En caso de concurrencia de titulares de un derecho o interés legítimo sobre un mismo acto impugnable, la LJCA establece que:
- ASolo puede recurrir el primero que interponga el recurso.
- BDeben interponer un recurso conjunto y solidario.
- CCada uno podrá interponer recurso independiente, pudiendo acumularse.
- DDeben designar un representante único para todos.
¿Es impugnable un Real Decreto-Ley ante la jurisdicción contencioso-administrativa?
- ASí, porque es una norma con rango de reglamento.
- BNo, porque tiene rango de ley.
- CSí, pero solo en su parte reglamentaria, no en la legislativa.
- DSolo es impugnable ante el Tribunal Constitucional.
Para interponer recurso contencioso-administrativo contra un acto que resuelve un recurso de reposición, el plazo comienza a contar:
- ADesde la notificación del acto original.
- BDesde la notificación de la resolución del recurso de reposición.
- CDesde que se interpuso el recurso de reposición.
- DDesde que transcurre el plazo para resolver el recurso de reposición sin que se dicte resolución expresa.
La representación procesal de una persona jurídica pública en un proceso contencioso-administrativo corresponde, con carácter general, a:
- ASu órgano de gobierno colegiado en pleno.
- BEl Letrado de la Administración de Justicia (Secretario Judicial).
- CQuienes legalmente estén habilitados para representarla, normalmente su Presidente o Alcalde.
- DExclusivamente a los Letrados de la Administración del Estado, Comunidad Autónoma o Corporación local.
¿Cuál de los siguientes actos NO sería normalmente impugnable directamente en vía contencioso-administrativa?
- AUna ordenanza municipal fiscal.
- BUna resolución de un recurso de alzada.
- CUn acuerdo de un órgano colegiado administrativo que no agote la vía administrativa.
- DUn acto de conciliación administrativa previa a la vía judicial.
Un extranjero en situación irregular en España, ¿tiene capacidad para ser parte en un proceso contencioso-administrativo para impugnar un acto que le afecte?
- ANo, porque carece de capacidad de obrar al no tener permiso de residencia.
- BSí, porque la capacidad procesal se rige por la ley personal y la nacionalidad no la limita.
- CSolo si el acto impugnado versa sobre su derecho a la residencia.
- DSí, pero solo si actúa a través de un representante legal español.
Cuando un recurso contencioso-administrativo se dirige contra un acto que afecta a una pluralidad de personas indeterminadas (actos de carácter general), la legitimación activa corresponde a:
- ACualquier persona afectada, aunque sea potencialmente.
- BSolo al Ministerio Fiscal.
- CCualquier persona que demuestre un perjuicio actual y directo.
- DExclusivamente a las asociaciones de afectados.
La legitimación de los particulares para recurrir actos en defensa del medio ambiente se reconoce:
- ASolo a las asociaciones ecologistas inscritas oficialmente.
- BA cualquier ciudadano, por el mero hecho de serlo.
- CA quienes acrediten un interés legítimo, que puede ser difuso o colectivo, conforme a la legislación sectorial.
- DExclusivamente a los propietarios de terrenos colindantes con el área afectada.
La capacidad para ser parte de una Unión Temporal de Empresas (UTE) en un proceso contencioso-administrativo viene determinada por:
- ASu inscripción en el Registro Mercantil.
- BEl hecho de que la LJCA la reconozca expresamente como entidad sin personalidad jurídica con capacidad procesal.
- CLa actuación conjunta de las empresas que la componen, que deben demandar o ser demandadas individualmente.
- DSu consideración como persona jurídica una vez constituida.
Soluciones y explicaciones
Ver las 32 respuestas correctas y su explicación
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¿Quién tiene capacidad procesal en el orden contencioso-administrativo, conforme a la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LJCA)?
Respuesta correcta: Todas las personas físicas y jurídicas con capacidad de obrar.
Según el Art. 18.1 LJCA, tienen capacidad procesal las personas físicas y jurídicas con capacidad de obrar, así como las que sin ella dispongan de representación conforme a derecho. También tienen capacidad procesal las entidades sin personalidad jurídica cuando la ley así lo establezca.
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Para impugnar un acto administrativo que declare la lesividad de un acto anulable, ¿quién está legitimado activamente?
Respuesta correcta: La Administración autora del acto declarado lesivo.
De acuerdo con el Art. 19.3 LJCA, para impugnar la declaración de lesividad está legitimada la Administración autora del acto declarado lesivo. En este supuesto, la legitimación es singular, ya que el recurso se dirige a anular la declaración de lesividad hecha por la propia Administración.
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En el caso de actos que pongan fin a la vía administrativa, ¿cuál es el plazo general para interponer recurso contencioso-administrativo?
Respuesta correcta: Dos meses desde la notificación del acto que agota la vía administrativa.
Conforme al Art. 46.1 LJCA, el plazo para interponer recurso contencioso-administrativo es de dos meses, que se contarán, en el caso de actos expresos, desde el día siguiente a aquel en que se notifique el acto que agote la vía administrativa.
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¿Están legitimadas para recurrir en defensa del interés general las asociaciones de consumidores y usuarios, respecto de actos que afecten a sus miembros?
Respuesta correcta: Sí, siempre que estén inscritas en el registro correspondiente.
El Art. 19.1.f) LJCA reconoce legitimación a las asociaciones y organizaciones representativas de intereses económicos y profesionales, así como de consumidores y usuarios, legalmente constituidas, para recurrir en defensa de los derechos e intereses de sus miembros.
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¿Qué tipo de actos administrativos son directamente impugnables ante el orden contencioso-administrativo, según la LJCA?
Respuesta correcta: Solo los actos que agoten la vía administrativa y los que la Ley declare expresamente impugnables.
Según el Art. 25.1 LJCA, son impugnables los actos administrativos que pongan fin a la vía administrativa, los actos de trámite que decidan directa o indirectamente el fondo del asunto y los actos que la Ley declare expresamente impugnables.
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En relación con la capacidad para ser parte en el proceso contencioso-administrativo, ¿cuál de las siguientes afirmaciones es correcta?
Respuesta correcta: El Estado, las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales tienen siempre capacidad para ser parte.
El Art. 18.2 LJCA establece que las Entidades Públicas que carezcan de personalidad jurídica propia, pero que sean titulares de derechos y obligaciones de contenido administrativo, tendrán capacidad para ser parte. Esto incluye a las Administraciones Públicas territoriales (Estado, CCAA, Entidades Locales), que siempre tienen capacidad.
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La legitimación de un particular para recurrir un acto administrativo requiere:
Respuesta correcta: Ser titular de un derecho subjetivo o interés legítimo, personal y directo.
El Art. 19.1 LJCA establece que están legitimados para recurrir quienes ostenten un derecho subjetivo o un interés legítimo, individual o colectivo. Dicho interés debe ser personal y directo, según la jurisprudencia constante del Tribunal Supremo, excluyendo intereses meramente reflexivos o de mera simpatía.
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Para la impugnación de reglamentos, ¿quiénes están legitimados activamente?
Respuesta correcta: Las personas físicas o jurídicas que invoquen un interés legítimo y directo, así como el Ministerio Fiscal y determinadas entidades.
Conforme al Art. 19.1 LJCA, están legitimados para impugnar disposiciones generales quienes, en virtud de una relación específica de carácter administrativo, ostenten un interés legítimo y directo. También lo están el Ministerio Fiscal, las Administraciones Públicas afectadas, los Colegios Profesionales y las asociaciones representativas (Art. 19.1.e y f).
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¿Cuándo procede la intervención del Ministerio Fiscal en el proceso contencioso-administrativo?
Respuesta correcta: En los supuestos que la Ley determine, especialmente en defensa de la legalidad y los derechos fundamentales.
Según el Art. 21 LJCA, el Ministerio Fiscal intervendrá en los procesos contencioso-administrativos en los casos y en la forma que prevea la Ley. Especialmente, intervendrá cuando la impugnación afecte a derechos fundamentales, cuando se trate de menores o personas con capacidad modificada judicialmente, y en los recursos contra disposiciones generales.
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Respecto a la capacidad procesal de las entidades sin personalidad jurídica, la LJCA establece que:
Respuesta correcta: Tienen capacidad procesal cuando la Ley así lo establezca.
El Art. 18.1 LJCA dispone expresamente que tendrán también capacidad procesal las entidades sin personalidad jurídica a las que la Ley reconozca capacidad para ser parte.
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La legitimación de los Colegios Profesionales para recurrir en contencioso-administrativo se reconoce:
Respuesta correcta: Para defender los intereses generales de la profesión, incluso en el caso de actos que afecten a un solo colegiado.
El Art. 19.1.f) LJCA otorga legitimación a los Colegios Profesionales legalmente constituidos, para recurrir en defensa de los intereses generales que les sean propios. La jurisprudencia ha entendido que este interés puede existir incluso cuando el acto afecte inicialmente a un solo colegiado, si se proyecta sobre el interés corporativo.
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¿Son actos impugnables en vía contencioso-administrativa los emanados de las Cortes Generales o de las Asambleas Legislativas de las CCAA?
Respuesta correcta: Solo los actos de aplicación de los Reglamentos parlamentarios que afecten a derechos fundamentales.
El Art. 2.1.a) LJCA excluye de la jurisdicción contencioso-administrativa las cuestiones que se susciten en relación con la actividad de las Cortes Generales y de las Asambleas Legislativas de las CCAA. Sin embargo, el Art. 2.2 establece una excepción: los actos de aplicación de los Reglamentos parlamentarios que supongan vulneración de derechos fundamentales sí son susceptibles de control jurisdiccional.
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La legitimación pasiva en un recurso contra un acto administrativo recae sobre:
Respuesta correcta: Sobre la Administración autora del acto y, en su caso, sobre los particulares que sean titulares de derechos contradictorios.
Según el Art. 20 LJCA, serán demandadas las Administraciones Públicas autoras del acto o disposición impugnados. Además, podrán ser demandados los particulares cuando sean titulares de un derecho o interés legítimo contradictorio con el del demandante y su inclusión sea necesaria para una más completa defensa de sus intereses.
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En el recurso contencioso-administrativo contra un acto que resuelve un recurso de alzada, ¿cuál es el plazo de interposición?
Respuesta correcta: Dos meses desde la notificación de la resolución del recurso de alzada.
El Art. 46.1 LJCA señala que el plazo para interponer el recurso contencioso-administrativo es de dos meses, contados desde el día siguiente a la notificación del acto que agote la vía administrativa. La resolución de un recurso de alzada es un acto que, por regla general, agota la vía administrativa.
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¿Puede una persona jurídica extranjera con sucursal en España ser parte en un proceso contencioso-administrativo?
Respuesta correcta: Sí, tiene capacidad procesal si actúa a través de su representante designado conforme a derecho.
De acuerdo con el Art. 18.1 LJCA, las personas jurídicas tienen capacidad procesal. No se hace distinción por nacionalidad. La capacidad de obrar de una persona jurídica extranjera se rige por su ley personal, pero para actuar en España debe cumplir con los requisitos de representación conforme a derecho español (Art. 28 Ley Orgánica del Poder Judicial).
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La legitimación de los vecinos para impugnar licencias municipales que consideren lesivas para el patrimonio histórico-artístico se basa en:
Respuesta correcta: Un interés legítimo colectivo o difuso reconocido por la ley.
La jurisprudencia (por ejemplo, STS de 14 de junio de 1990) y la LJCA (Art. 19.1) admiten la legitimación basada en intereses legítimos colectivos o difusos, como la defensa del medio ambiente o del patrimonio histórico, cuando la ley así lo reconoce o se deduce de su normativa protectora.
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¿Son impugnables los actos de mero trámite que no decidan directa o indirectamente el fondo del asunto?
Respuesta correcta: No, salvo que simultáneamente se recurra el acto final.
El Art. 25.1 LJCA establece que los actos de trámite son impugnables solo cuando decidan directa o indirectamente el fondo del asunto, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento, produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos. En caso contrario, solo pueden ser recurridos junto con el acto final que ponga fin a la vía administrativa.
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Un acto presunto (silencio administrativo) negativo, ¿es impugnable directamente ante el orden contencioso-administrativo?
Respuesta correcta: Sí, cuando la Ley así lo declare o cuando se trate de un supuesto de desestimación presunta de un recurso de alzada.
Según el Art. 25.2 LJCA, el acto presunto (silencio administrativo) es impugnable directamente ante este orden jurisdiccional cuando así lo declare una Ley, o cuando se trate de una desestimación presunta de un recurso de alzada o de los recursos especiales en materia de personal.
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¿Quién está legitimado para interponer recurso contencioso-administrativo contra una disposición general (reglamento ilegal)?
Respuesta correcta: Quienes ostenten un interés legítimo y directo, el Ministerio Fiscal y determinadas entidades representativas.
El Art. 19.1 LJCA enumera a quienes están legitimados para impugnar disposiciones generales: quienes, en virtud de una relación administrativa, ostenten un interés legítimo y directo; el Ministerio Fiscal; las Administraciones Públicas afectadas; los Colegios Profesionales; y las asociaciones representativas de intereses económicos o profesionales y de consumidores.
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¿Qué sucede con la legitimación si el recurrente fallece durante la tramitación del proceso?
Respuesta correcta: Sus herederos pueden subrogarse en su posición, siempre que acrediten interés legítimo.
Conforme al Art. 23 LJCA, el fallecimiento del recurrente o del demandado determina la suspensión del proceso, a instancia de parte, para que los herederos puedan personarse y continuar el proceso. La subrogación requiere que los herederos acrediten su interés legítimo en la continuidad del litigio.
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¿Puede una Comunidad Autónoma impugnar un reglamento estatal ante la jurisdicción contencioso-administrativa?
Respuesta correcta: Sí, porque tiene legitimación como Administración Pública afectada.
El Art. 19.1.e) LJCA otorga legitimación para impugnar disposiciones generales a las Administraciones Públicas afectadas. Una Comunidad Autónoma, como Administración Pública, está legitimada para recurrir un reglamento estatal si considera que le afecta en el ejercicio de sus competencias o derechos.
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La capacidad procesal de un menor de edad emancipado en el orden contencioso-administrativo es:
Respuesta correcta: Plena, al igual que cualquier mayor de edad.
Según el Art. 18.1 LJCA, tienen capacidad procesal las personas físicas con capacidad de obrar. Un menor emancipado tiene plena capacidad de obrar en el ámbito civil (Art. 323 CC), por lo que goza de plena capacidad procesal en el orden contencioso-administrativo.
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La impugnación de los actos de la Administración que agotan la vía administrativa, ¿puede realizarse directamente ante los Tribunales ordinarios?
Respuesta correcta: No, la Ley establece la jurisdicción contencioso-administrativa como la competente por regla general.
El Art. 1 LJCA atribuye a los Juzgados y Tribunales del orden contencioso-administrativo el conocimiento de las pretensiones que se deduzcan en relación con los actos y disposiciones de las Administraciones Públicas sujetos al Derecho Administrativo, salvo las materias atribuidas a otros órdenes jurisdiccionales (como el social o el penal).
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En caso de concurrencia de titulares de un derecho o interés legítimo sobre un mismo acto impugnable, la LJCA establece que:
Respuesta correcta: Cada uno podrá interponer recurso independiente, pudiendo acumularse.
El Art. 22 LJCA regula el litisconsorcio voluntario. Cuando varias personas estén legitimadas para impugnar un mismo acto o disposición, cada una podrá interponer recurso independiente. Si se interponen varios, el Tribunal podrá, de oficio o a instancia de parte, acordar su acumulación.
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¿Es impugnable un Real Decreto-Ley ante la jurisdicción contencioso-administrativa?
Respuesta correcta: No, porque tiene rango de ley.
El Art. 2.1.b) LJCA excluye expresamente de su ámbito los actos dictados por el Gobierno en ejercicio de la potestad reglamentaria, cuando tengan rango de ley. Un Real Decreto-Ley, al tener rango de ley (Art. 86 CE), no es impugnable ante la jurisdicción contencioso-administrativa, sino ante la constitucional por vía de recurso o cuestión de inconstitucionalidad.
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Para interponer recurso contencioso-administrativo contra un acto que resuelve un recurso de reposición, el plazo comienza a contar:
Respuesta correcta: Desde la notificación de la resolución del recurso de reposición.
El Art. 46.1 LJCA indica que el plazo de dos meses se contará desde el día siguiente a la notificación del acto que agote la vía administrativa. La resolución expresa de un recurso de reposición (cuando este es potestativo y se interpone) es un acto que agota la vía administrativa.
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La representación procesal de una persona jurídica pública en un proceso contencioso-administrativo corresponde, con carácter general, a:
Respuesta correcta: Quienes legalmente estén habilitados para representarla, normalmente su Presidente o Alcalde.
Según el Art. 24 LJCA, la representación de las Administraciones Públicas y de los demás órganos y entidades del sector público corresponderá a quienes legalmente estén habilitados para ello. Normalmente, la representación corresponde al titular del órgano (Ministro, Consejero, Alcalde) o a quien éste delegue, actuando normalmente a través de sus servicios jurídicos.
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¿Cuál de los siguientes actos NO sería normalmente impugnable directamente en vía contencioso-administrativa?
Respuesta correcta: Un acto de conciliación administrativa previa a la vía judicial.
Los actos de conciliación administrativa previa (como en materia laboral) no son actos administrativos definitivos que agoten la vía administrativa en sentido contencioso. Su impugnación corresponde al orden jurisdiccional que sea competente para conocer del fondo del asunto (p.ej., el orden social). No están dentro del catálogo del Art. 25 LJCA.
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Un extranjero en situación irregular en España, ¿tiene capacidad para ser parte en un proceso contencioso-administrativo para impugnar un acto que le afecte?
Respuesta correcta: Sí, porque la capacidad procesal se rige por la ley personal y la nacionalidad no la limita.
La capacidad procesal de las personas físicas se rige por su ley personal (Art. 28 Ley Orgánica del Poder Judicial). La situación administrativa de irregularidad no anula la capacidad jurídica ni la capacidad de obrar para defender derechos en juicio. El Art. 24 CE garantiza el derecho a la tutela judicial efectiva a todas las personas.
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Cuando un recurso contencioso-administrativo se dirige contra un acto que afecta a una pluralidad de personas indeterminadas (actos de carácter general), la legitimación activa corresponde a:
Respuesta correcta: Cualquier persona que demuestre un perjuicio actual y directo.
Para impugnar actos administrativos de carácter general (no reglamentos), la jurisprudencia exige que el recurrente acredite un interés legítimo, personal y directo, es decir, un perjuicio actual y diferenciado del que sufriría el común de los ciudadanos. No basta con una afectación potencial o indeterminada.
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La legitimación de los particulares para recurrir actos en defensa del medio ambiente se reconoce:
Respuesta correcta: A quienes acrediten un interés legítimo, que puede ser difuso o colectivo, conforme a la legislación sectorial.
La Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regulan los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente, reconoce la legitimación activa a las personas físicas o jurídicas que acrediten un interés legítimo, así como a las ONG que cumplan unos requisitos. Este interés puede ser difuso (Art. 19 LJCA en relación con la normativa sectorial).
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La capacidad para ser parte de una Unión Temporal de Empresas (UTE) en un proceso contencioso-administrativo viene determinada por:
Respuesta correcta: El hecho de que la LJCA la reconozca expresamente como entidad sin personalidad jurídica con capacidad procesal.
La UTE es un contrato de colaboración entre empresas, carente de personalidad jurídica. Sin embargo, el Art. 18.1 LJCA reconoce capacidad procesal a las entidades sin personalidad jurídica cuando la Ley así lo establezca. La Ley 18/1982, de 26 de mayo, sobre UTEs, les otorga capacidad para ser parte en juicio (Art. 7).