Proceso laboral: principios, competencia y representación — Gestion Procesal
Test de 30 preguntas con explicaciones justificadas.
Pregunta 1: ¿En cuál de los siguientes principios procesales laborales se basa la preferencia de la prueba directa y la presencia del juez en la práctica de la prueba?
- A) Principio de oralidad.
- B) Principio de inmediación.
- C) Principio de concentración.
- D) Principio de celeridad.
El Art. 79 LRJS establece el principio de inmediación, que implica que el juez que ha de dictar sentencia debe presenciar la práctica de las pruebas y, en particular, la declaración de las partes y testigos.
Pregunta 2: ¿Cuál es el criterio general de competencia territorial para demandas individuales en materia laboral?
- A) El lugar donde se celebró el contrato de trabajo.
- B) El domicilio del demandante.
- C) El lugar donde se haya prestado los servicios o donde se hubiera debido prestar.
- D) El lugar donde se encuentra la sede social de la empresa.
Según el Art. 10.1 LRJS, la demanda se presentará, a elección del demandante, ante el Juzgado de lo Social del lugar donde se hubiese prestado los servicios o donde se hubiera debido prestar.
Pregunta 3: Según la LRJS, ¿qué asuntos son competencia objetiva de los Juzgados de lo Social?
- A) Las demandas en materia de contrato de trabajo y relaciones laborales.
- B) Los conflictos colectivos que afecten a más de una provincia.
- C) Los recursos de casación para la unificación de doctrina.
- D) La impugnación de los convenios colectivos estatales.
El Art. 2.1 LRJS atribuye a los Juzgados de lo Social el conocimiento de las demandas sobre contrato de trabajo y relaciones laborales, entre otras.
Pregunta 4: ¿Quiénes están legitimados para comparecer en juicio en representación de los trabajadores en un proceso laboral?
- A) Exclusivamente los abogados colegiados.
- B) Los sindicatos más representativos o los que tengan la condición de más representativos en el ámbito correspondiente.
- C) Cualquier familiar directo del trabajador.
- D) Solo el propio trabajador personalmente.
El Art. 17.1 LRJS establece que los sindicatos más representativos o los que tengan la condición de más representativos en el ámbito correspondiente pueden ostentar la representación procesal de los trabajadores.
Pregunta 5: ¿En qué tipo de procesos laborales es obligatoria la intervención de abogado y procurador?
- A) En todos los procesos laborales sin excepción.
- B) En los procesos de oficio y en los de impugnación de convenios colectivos.
- C) En los procesos ante el Tribunal Supremo y, en general, en los recursos de casación y extraordinarios.
- D) Solo en los procesos de seguridad social cuando la cuantía supere los 6.000 euros.
El Art. 18.1 LRJS dispone que la intervención de abogado y procurador es preceptiva en los procesos ante el Tribunal Supremo y, en general, en los recursos de casación y extraordinarios.
Pregunta 6: El principio de gratuidad de la justicia en el orden social se concreta en:
- A) Exención del pago de depósitos para interponer recursos y de tasas judiciales.
- B) Gratuidad total, incluyendo los honorarios de abogado y procurador en todos los casos.
- C) Solo se aplica a los trabajadores con recursos económicos insuficientes.
- D) Se limita a la exención de las costas procesales para la parte trabajadora.
El Art. 21 LRJS establece que en la jurisdicción social no se exigirá depósito alguno para interponer recursos, ni tasa, arancel o contraprestación por la prestación de los servicios de la Administración de Justicia.
Pregunta 7: ¿A qué órgano jurisdiccional social corresponde el conocimiento de las sanciones administrativas en materia laboral?
- A) A los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo.
- B) A la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional.
- C) A los Juzgados de lo Penal.
- D) A los Juzgados de lo Social.
El Art. 3.1 LRJS atribuye a los Juzgados de lo Social el conocimiento de las cuestiones que se susciten en relación con las sanciones administrativas en materia laboral, de acuerdo con las leyes.
Pregunta 8: ¿Quiénes están legitimados para ser parte en un proceso laboral?
- A) Solo las personas físicas con capacidad de obrar.
- B) Las personas físicas y jurídicas, así como las entidades sin personalidad a las que la ley reconozca capacidad para ser parte.
- C) Únicamente los trabajadores y empresarios individuales.
- D) Solo los sujetos con nacionalidad española o comunitaria.
El Art. 15 LRJS establece que podrán ser parte en los procesos laborales las personas físicas y jurídicas, así como las entidades sin personalidad a las que la ley reconozca capacidad para ser parte.
Pregunta 9: ¿Cómo se designa al representante procesal de las Administraciones Públicas en los procesos laborales?
- A) Por el órgano competente de la Administración de acuerdo con sus normas de organización.
- B) Por el Ministerio Fiscal en todos los casos.
- C) Por el Secretario Judicial del Juzgado de lo Social correspondiente.
- D) Por el abogado del Estado de forma automática.
El Art. 20 LRJS señala que las Administraciones Públicas comparecerán en juicio por medio del representante que designe el órgano competente según sus normas de organización.
Pregunta 10: ¿Qué recurso es competencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia?
- A) Recurso de casación para la unificación de doctrina.
- B) Recurso de suplicación contra sentencias de los Juzgados de lo Social.
- C) Recurso de revisión contra sentencias firmes dictadas por la propia Sala.
- D) Recurso de apelación contra autos de los Juzgados de lo Social.
El Art. 8.1 LRJS atribuye a las Salas de lo Social de los TSJ el conocimiento de los recursos de suplicación y demás que establezca la ley contra resoluciones de los Juzgados de lo Social.
Pregunta 11: El principio de celeridad procesal en la jurisdicción social se concreta en:
- A) La reducción de los plazos procesales a la mitad respecto del orden civil.
- B) La preferencia en la tramitación y fallo de los asuntos laborales sobre otros órdenes jurisdiccionales.
- C) La obligación de celebrar la vista en un plazo máximo de 10 días desde la demanda.
- D) La posibilidad de acortar plazos por acuerdo de las partes.
El Art. 80.1 LRJS establece que los asuntos de la jurisdicción social tendrán preferencia en su tramitación y fallo sobre los de los demás órdenes jurisdiccionales, salvo los penales.
Pregunta 12: ¿En qué supuesto es posible la acumulación de acciones en el proceso laboral?
- A) Cuando varias acciones derivan de un mismo título o causa de pedir.
- B) Solo cuando todas las acciones sean de idéntica naturaleza jurídica.
- C) Únicamente en procesos colectivos.
- D) Nunca se permite la acumulación en el orden social.
El Art. 12.1 LRJS permite la acumulación de acciones cuando varias de ellas derivan de un mismo título o causa de pedir, o cuando exista entre ellas una conexión tan íntima que razonablemente exijan un conocimiento simultáneo.
Pregunta 13: La competencia funcional en la jurisdicción social se refiere a:
- A) La atribución de asuntos según la materia (contrato de trabajo, seguridad social, etc.).
- B) La distribución de asuntos entre órganos de un mismo nivel por razón de turnos.
- C) La atribución de conocimientos a un órgano por razón del grado o instancia en el proceso.
- D) La competencia territorial basada en el lugar de prestación de servicios.
La competencia funcional, regulada en el Art. 9 LRJS, determina el órgano competente por razón del grado o instancia en el proceso, como el conocimiento de recursos o de actos de ejecución.
Pregunta 14: ¿Cómo se representa procesalmente a una entidad sin personalidad jurídica en un juicio laboral?
- A) Por la persona que designen sus miembros o por quien ostente su administración.
- B) Solo puede ser representada por un abogado designado por el Colegio de Abogados.
- C) No pueden ser parte en un proceso laboral al carecer de personalidad.
- D) Por el Ministerio Fiscal en defensa de sus intereses.
El Art. 19 LRJS establece que las entidades sin personalidad jurídica comparecerán en juicio por medio de la persona que designen sus miembros o por quien ostente su administración.
Pregunta 15: El principio de concentración en el proceso laboral implica:
- A) Que las actuaciones procesales se realicen en el menor número de actos posibles.
- B) Que el proceso se lleve a cabo en una sola audiencia.
- C) Que todos los recursos se resuelvan en una única resolución.
- D) Que la competencia territorial se concentre en un solo juzgado.
El Art. 80.2 LRJS dispone que las actuaciones procesales se realizarán, en cuanto sea posible, en un solo acto, concentrándose en la vista todas las de sustanciación y prueba.
Pregunta 16: En materia de seguridad social, ¿cuál es un criterio de competencia territorial?
- A) El lugar del domicilio del beneficiario de la prestación.
- B) El lugar donde se encuentra la sede de la entidad gestora.
- C) El lugar donde se produjo el hecho causante de la prestación.
- D) El lugar donde se firmó el contrato de trabajo.
El Art. 10.2 LRJS establece que, en materia de seguridad social, será competente el Juzgado de lo Social del domicilio del beneficiario de la prestación, a elección de este.
Pregunta 17: La defensa jurídica gratuita en el orden social se regula:
- A) Exclusivamente por la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita.
- B) Por la LRJS y por la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita, con especialidades.
- C) Solo se aplica a los trabajadores que acrediten insuficiencia de recursos.
- D) No existe en el orden social por el principio de gratuidad general.
El Art. 22 LRJS remite a la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita, estableciendo especialidades como la dispensa de acreditación de insuficiencia de recursos para ciertos sujetos.
Pregunta 18: ¿A qué órgano jurisdiccional corresponde el conocimiento de los conflictos colectivos que afecten al ámbito territorial de una Comunidad Autónoma?
- A) Al Juzgado de lo Social del lugar donde se inicie el conflicto.
- B) A la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma.
- C) A la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional.
- D) Al Juzgado de lo Social de la capital de la Comunidad Autónoma.
El Art. 5.1 LRJS atribuye a las Salas de lo Social de los TSJ el conocimiento de los conflictos colectivos que se produzcan en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma.
Pregunta 19: ¿Quién puede representar a un menor de edad en un proceso laboral?
- A) Exclusivamente sus padres o tutores legales.
- B) El Ministerio Fiscal cuando actúe en defensa del menor.
- C) Un sindicato legalmente constituido, si el menor está afiliado.
- D) Cualquiera de los anteriores, según lo establecido en la LRJS.
El Art. 16 LRJS establece que los menores comparecerán en juicio por medio de sus padres o tutores, o por el Ministerio Fiscal cuando actúe en defensa del menor, y también podrán ser representados por los sindicatos en los términos del Art. 17.
Pregunta 20: El principio de publicidad de las actuaciones en el proceso laboral tiene como excepción:
- A) Las vistas siempre son públicas, sin excepciones.
- B) Las actuaciones relativas a conflictos colectivos.
- C) Cuando pueda afectar al derecho al honor, a la intimidad personal o familiar, o a la protección de menores.
- D) Los procesos de oficio en materia de seguridad social.
El Art. 81 LRJS establece que las vistas serán públicas, pero el tribunal podrá acordar, de oficio o a instancia de parte, que se celebre a puerta cerrada cuando así lo exija la protección del derecho al honor, intimidad personal o familiar, o la protección de menores.
Pregunta 21: ¿Qué órgano es competente para conocer de las demandas en materia de derechos fundamentales y libertades públicas derivadas de relaciones laborales?
- A) Los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo.
- B) Los Juzgados de lo Social, salvo que la ley atribuya competencia a otro órgano.
- C) Los Juzgados de Instrucción en función del derecho vulnerado.
- D) La Sala de lo Social del Tribunal Supremo.
El Art. 4 LRJS atribuye a los Juzgados de lo Social el conocimiento de las demandas en materia de derechos fundamentales y libertades públicas que se deriven de relaciones laborales, salvo que la ley atribuya competencia a otro órgano.
Pregunta 22: ¿Puede un trabajador extranjero en situación irregular comparecer en un proceso laboral?
- A) No, carece de legitimación activa al no tener permiso de trabajo.
- B) Sí, pero solo para reclamar salarios de los últimos 30 días.
- C) Sí, para reclamar los derechos derivados de la relación laboral, incluidos salarios e indemnizaciones.
- D) Solo si está representado por un sindicato legalmente constituido.
El Art. 17.2 LRJS reconoce el derecho de los trabajadores extranjeros, independientemente de su situación administrativa, a comparecer en juicio para reclamar los derechos derivados de su relación laboral, incluidos salarios e indemnizaciones.
Pregunta 23: En una reclamación de cantidad, ¿cuál es un criterio de competencia territorial?
- A) El lugar donde se celebró el contrato de trabajo.
- B) El domicilio del demandado.
- C) El lugar donde se realizó la prestación de servicios.
- D) Cualquiera de los anteriores, a elección del demandante.
El Art. 10.1 LRJS establece que, en reclamaciones de cantidad, el demandante puede elegir entre el lugar de prestación de servicios, el domicilio del demandado, o el lugar de celebración del contrato.
Pregunta 24: El principio de economía procesal en el orden social se orienta a:
- A) Reducir los costes procesales para las partes.
- B) Evitar dilaciones innecesarias y simplificar los trámites.
- C) Gratuidad total de la justicia.
- D) Concentrar la competencia en menos juzgados.
El Art. 80.3 LRJS establece que el proceso se desenvolverá con la máxima economía procesal, evitando dilaciones innecesarias y simplificando los trámites en lo posible.
Pregunta 25: ¿Quiénes pueden representar procesalmente a los empresarios en un juicio laboral?
- A) Exclusivamente los abogados colegiados.
- B) Las organizaciones empresariales más representativas o las que tengan la condición de más representativas en el ámbito correspondiente.
- C) Cualquier empleado de la empresa con poder notarial.
- D) Solo el empresario individual o el administrador de la sociedad.
El Art. 17.3 LRJS establece que las organizaciones empresariales más representativas o las que tengan la condición de más representativas en el ámbito correspondiente pueden ostentar la representación procesal de los empresarios.
Pregunta 26: ¿Qué asuntos son propios de la jurisdicción social?
- A) Las reclamaciones en materia de seguridad social, tanto contributiva como no contributiva.
- B) Los conflictos entre socios de una sociedad mercantil.
- C) Las reclamaciones de daños y perjuicios por accidente de tráfico laboral.
- D) Las demandas por impago de facturas entre empresas.
El Art. 1 LRJS incluye entre las materias propias de la jurisdicción social las reclamaciones en materia de seguridad social, tanto del sistema general como de los regímenes especiales, y las de acción protectora de la Seguridad Social.
Pregunta 27: El derecho a la tutela judicial efectiva en el proceso laboral se garantiza, entre otros, por el principio de:
- A) Gratuidad.
- B) Inmediación.
- C) Oralidad.
- D) Todos los anteriores.
El Art. 24 CE reconoce el derecho a la tutela judicial efectiva, que en el proceso laboral se concreta en principios como gratuidad (Art. 21 LRJS), inmediación (Art. 79 LRJS) y oralidad (Art. 80 LRJS), entre otros.
Pregunta 28: ¿En qué casos es obligatoria la designación de abogado de oficio en el proceso laboral?
- A) Cuando el trabajador acredite insuficiencia de recursos y carezca de abogado.
- B) En todos los procesos de despidos colectivos.
- C) Solo en los recursos de casación ante el Tribunal Supremo.
- D) Nunca es obligatoria, siempre es voluntaria.
El Art. 18.2 LRJS, en relación con la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita, establece la obligación de designar abogado de oficio cuando el justiciable acredite insuficiencia de recursos y carezca de abogado.
Pregunta 29: ¿Qué órgano es competente para conocer de la impugnación de un convenio colectivo de ámbito estatal?
- A) La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional.
- B) La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la sede de la empresa.
- C) El Juzgado de lo Social de la capital de la provincia.
- D) La Sala de lo Social del Tribunal Supremo.
El Art. 6.1 LRJS atribuye a la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional el conocimiento de los procesos de impugnación de convenios colectivos cuyo ámbito de aplicación sea superior al territorio de una Comunidad Autónoma.
Pregunta 30: ¿Cuál de los siguientes principios procesales laborales implica que el juez que ha de dictar sentencia debe presenciar personalmente la práctica de las pruebas?
- A) Principio de oralidad.
- B) Principio de concentración.
- C) Principio de inmediación.
- D) Principio de publicidad.
El Art. 79 LRJS establece el principio de inmediación, que exige que el juez que ha de dictar sentencia presencie personalmente la práctica de las pruebas, especialmente la declaración de las partes y testigos.