Recursos en el proceso civil: apelación y reposición — Gestion Procesal
Test de 31 preguntas con explicaciones justificadas.
Pregunta 1: ¿Contra qué resoluciones procede el recurso de reposición según la LEC?
- A) Contra las sentencias definitivas.
- B) Contra los autos y, excepcionalmente, contra las providencias de simple tramitación.
- C) Contra las providencias de simple tramitación, y contra los autos cuando la ley no conceda otro recurso.
- D) Contra las sentencias de primera instancia y los autos que pongan fin al proceso.
Según el art. 451 LEC, el recurso de reposición procede contra las providencias de simple tramitación y contra los autos contra los que la ley no conceda otro recurso.
Pregunta 2: ¿Cuál es el plazo para interponer el recurso de reposición?
- A) Cinco días desde la notificación de la resolución.
- B) Diez días desde la notificación de la resolución.
- C) Quince días desde la notificación de la resolución.
- D) Tres días desde la notificación de la resolución.
Conforme al art. 452 LEC, el recurso de reposición se interpondrá dentro de los cinco días siguientes a la notificación de la providencia o del auto.
Pregunta 3: ¿Ante qué órgano se interpone el recurso de apelación?
- A) Ante el mismo órgano que dictó la resolución recurrida.
- B) Ante el Tribunal Supremo.
- C) Ante el órgano judicial superior jerárquico.
- D) Ante el Tribunal Constitucional.
Según el art. 455.1 LEC, el recurso de apelación se interpondrá ante el órgano que dictó la resolución, pero se resolverá por el tribunal superior jerárquico.
Pregunta 4: ¿Qué efecto produce, en principio, la interposición del recurso de apelación?
- A) Efecto suspensivo automático de la ejecución de la resolución recurrida.
- B) Efecto devolutivo, y solo suspensivo cuando la ley lo establezca expresamente.
- C) Efecto extintivo de la instancia.
- D) Efecto meramente consultivo, sin afectar a la ejecución.
El art. 457 LEC establece que la apelación tendrá efecto devolutivo, y solo suspensivo en los casos expresamente previstos por la ley.
Pregunta 5: ¿Cuál es el plazo general para interponer el recurso de apelación contra una sentencia?
- A) Quince días hábiles desde su notificación.
- B) Veinte días hábiles desde su notificación.
- C) Un mes desde su notificación.
- D) Cinco días hábiles desde su notificación.
Según el art. 459.1 LEC, el plazo para apelar es de veinte días hábiles desde la notificación de la sentencia.
Pregunta 6: En el recurso de reposición, si el órgano judicial no resuelve en el plazo de diez días, ¿qué consecuencias se producen?
- A) Se entiende estimado el recurso.
- B) Se entiende desestimado el recurso y queda firme la resolución recurrida.
- C) El recurso se remite automáticamente al tribunal superior.
- D) El recurrente podrá reiterar su petición en el plazo de cinco días.
De acuerdo con el art. 454.2 LEC, si no se resuelve en el plazo de diez días, el recurso se entenderá desestimado y la resolución recurrida quedará firme.
Pregunta 7: ¿Contra qué tipo de resoluciones no cabe recurso de reposición?
- A) Contra las providencias de mera tramitación.
- B) Contra los autos que pongan fin a la instancia.
- C) Contra las resoluciones de los secretarios judiciales.
- D) Contra las sentencias definitivas.
El art. 451 LEC solo permite la reposición contra providencias y autos, nunca contra sentencias, que son recurribles en apelación u otros medios.
Pregunta 8: ¿Qué requisito formal debe cumplir el escrito de interposición del recurso de apelación?
- A) Debe expresar concretamente los motivos en que se funda.
- B) Basta con manifestar la voluntad de apelar sin necesidad de expresar agravios.
- C) Debe acompañarse de fianza para garantizar las costas.
- D) Debe presentarse en el tribunal superior directamente.
Conforme al art. 460.1 LEC, el escrito de apelación deberá expresar concreta y circunstanciadamente los motivos en que se funda.
Pregunta 9: En el proceso civil, ¿puede interponerse recurso de reposición contra un auto que pone fin a la vía ejecutiva?
- A) Sí, siempre.
- B) No, porque contra ese auto cabe recurso de apelación.
- C) Solo si el auto es de mero trámite.
- D) Sí, pero solo si no se ha interpuesto antes recurso de aclaración.
Según el art. 451 LEC, la reposición no procede contra autos cuando la ley concede otro recurso. El auto que pone fin a la vía ejecutiva es apelable (art. 517 LEC).
Pregunta 10: ¿Qué sucede si se interpone recurso de apelación fuera del plazo legal?
- A) Se admite a trámite si se alega fuerza mayor.
- B) Se declara inadmisible de oficio por el secretario judicial.
- C) Se convierte automáticamente en recurso de reposición.
- D) El tribunal puede conceder una prórroga discrecional.
De acuerdo con el art. 459.3 LEC, el recurso de apelación interpuesto fuera de plazo será declarado inadmisible de oficio por el secretario judicial.
Pregunta 11: ¿Cuál de las siguientes resoluciones es susceptible de recurso de reposición?
- A) Una sentencia de absolución.
- B) Un auto que decreta la nulidad de actuaciones.
- C) Una providencia que señala día para la vista.
- D) Un auto que declara la cosa juzgada.
Según el art. 451 LEC, son recurribles en reposición las providencias de simple tramitación (como señalar día para vista) y los autos cuando no haya otro recurso.
Pregunta 12: En el recurso de apelación, ¿cuándo procede la ampliación de la pretensión o la reconvención?
- A) Nunca, porque la apelación se limita a lo decidido en primera instancia.
- B) Solo si ambas partes están conformes.
- C) Solo en los casos expresamente previstos por la ley.
- D) Siempre que el tribunal de apelación lo autorice.
El art. 461 LEC establece que en la apelación no se podrán alterar ni ampliar las pretensiones de las partes ni deducir otras nuevas.
Pregunta 13: ¿Qué órgano resuelve el recurso de reposición?
- A) El tribunal superior jerárquico.
- B) El mismo órgano que dictó la resolución recurrida.
- C) El Tribunal Supremo.
- D) El secretario judicial del juzgado.
Según el art. 453 LEC, el recurso de reposición será resuelto por el mismo órgano que dictó la resolución recurrida.
Pregunta 14: ¿Contra qué resoluciones es obligatorio interponer recurso de apelación para poder acudir al Tribunal Supremo por casación?
- A) Contra todas las sentencias de primera instancia.
- B) Contra las sentencias dictadas en segunda instancia por Audiencias Provinciales.
- C) Contra las resoluciones de los tribunales superiores de justicia.
- D) Contra los autos de trámite.
Conforme a la doctrina jurisprudencial y el art. 477 LEC, para acudir en casación es necesario haber agotado la vía de apelación ante la Audiencia Provincial, salvo excepciones.
Pregunta 15: ¿Qué plazo hay para formular oposición al recurso de apelación una vez admitido?
- A) Diez días hábiles.
- B) Quince días hábiles.
- C) Veinte días hábiles.
- D) Cinco días hábiles.
De acuerdo con el art. 462.2 LEC, la parte apelada dispondrá de un plazo de diez días hábiles para formular oposición al recurso.
Pregunta 16: En el recurso de reposición, ¿puede el órgano judicial modificar la resolución recurrida en sentido distinto al solicitado?
- A) Sí, puede reformarla en cualquier sentido.
- B) No, solo puede confirmarla o revocarla en el sentido solicitado.
- C) Solo si ambas partes están conformes.
- D) Sí, pero únicamente en beneficio del recurrente.
Según el art. 454.1 LEC, el órgano judicial podrá reformar la resolución recurrida en cualquier sentido, no limitándose a lo pedido por el recurrente.
Pregunta 17: ¿Qué tipo de apelación tiene efecto suspensivo automático de la ejecución?
- A) La apelación contra sentencias estimatorias.
- B) La apelación en procesos de mínima cuantía.
- C) La apelación contra autos de medidas cautelares.
- D) La apelación contra sentencias en procesos de incapacitación.
El art. 457.2 LEC establece que la apelación contra autos que decidan sobre medidas cautelares tendrá efecto suspensivo.
Pregunta 18: ¿En qué casos el recurso de apelación debe interponerse en el acto de notificación de la sentencia?
- A) En los juicios verbales.
- B) En los procesos monitorios.
- C) En los juicios de desahucio.
- D) En los procedimientos de ejecución.
Según el art. 459.2 LEC, en los juicios verbales la apelación deberá interponerse en el acto de notificación de la sentencia.
Pregunta 19: ¿Qué debe hacer el tribunal al recibir un escrito de apelación que no reúne los requisitos legales?
- A) Declararlo inadmisible de oficio.
- B) Dar traslado a la parte contraria para que se oponga.
- C) Admitirlo a trámite y subsanar los defectos de oficio.
- D) Requiriendo al recurrente para que subsane los defectos en el plazo de cinco días.
Conforme al art. 460.3 LEC, si el escrito no reúne los requisitos, se requerirá al recurrente para que subsane los defectos en el plazo de cinco días.
Pregunta 20: ¿Es posible interponer simultáneamente los recursos de reposición y apelación contra una misma resolución?
- A) Sí, ambos recursos son acumulables.
- B) No, son recursos alternativos y excluyentes.
- C) Solo si se trata de un auto de trámite.
- D) Solo si la ley lo autoriza expresamente.
Según el art. 451.2 LEC, contra los autos no cabe reposición cuando la ley conceda otro recurso, siendo la apelación preferente, por lo que son excluyentes.
Pregunta 21: ¿Qué plazo tiene el tribunal de apelación para dictar sentencia una vez visto el recurso?
- A) Diez días.
- B) Quince días.
- C) Veinte días.
- D) Treinta días.
De acuerdo con el art. 476 LEC, el tribunal de apelación dictará sentencia en el plazo de veinte días desde que el recurso quedó visto para sentencia.
Pregunta 22: ¿Contra qué resoluciones de los secretarios judiciales cabe recurso de reposición?
- A) Contra todos sus acuerdos.
- B) Solo contra los acuerdos que pongan fin a la actuación.
- C) Contra los acuerdos que resuelvan incidencias de ejecución.
- D) No cabe recurso de reposición, sino reclamación ante el propio secretario o ante el juez.
Según el art. 216 LEC, contra los acuerdos de los secretarios judiciales cabe reclamación ante el propio secretario o, en su caso, ante el juez, no recurso de reposición.
Pregunta 23: En la apelación, ¿cuándo se produce la preclusión de la fase de alegaciones?
- A) Tras la presentación del escrito de oposición.
- B) Con la remisión de los autos al tribunal de apelación.
- C) Con la vista o, en su defecto, tras el plazo para informar.
- D) Cuando el tribunal admite a trámite el recurso.
De acuerdo con el art. 464 LEC, la fase de alegaciones concluye con la celebración de la vista o, si no la hay, con el transcurso del plazo para informar.
Pregunta 24: ¿Qué sucede si el recurso de reposición se interpone contra una resolución no recurrible en reposición?
- A) Se convierte automáticamente en recurso de apelación.
- B) Se declara inadmisible por el secretario judicial.
- C) El juez lo admite si considera que es procedente.
- D) Se tiene por no interpuesto.
Según el art. 452.2 LEC, si se interpone reposición contra una resolución no recurrible en esta vía, se tendrá por no interpuesto.
Pregunta 25: ¿Qué contenido debe tener la sentencia de apelación?
- A) Debe limitarse a confirmar o revocar la sentencia recurrida.
- B) Debe contener los fundamentos de derecho y fallo, pudiendo modificar la sentencia de instancia.
- C) Debe remitir siempre el caso al tribunal de origen para nueva decisión.
- D) Debe pronunciarse únicamente sobre los agravios expresados en el escrito de interposición.
Conforme al art. 476 LEC, la sentencia de apelación debe contener los fundamentos de derecho y fallo, pudiendo confirmar, modificar o revocar la sentencia recurrida.
Pregunta 26: ¿Puede interponerse recurso de apelación contra una providencia de mera tramitación?
- A) Sí, siempre que cause un perjuicio irreparable.
- B) No, salvo que expresamente la ley lo permita.
- C) Sí, si la providencia es firme.
- D) No, en ningún caso.
Según el art. 455 LEC, la apelación procede contra sentencias y autos que pongan fin al proceso, no contra providencias de mera tramitación (art. 451).
Pregunta 27: ¿Qué plazo hay para recurrir en apelación un auto que pone fin al proceso?
- A) Cinco días hábiles.
- B) Diez días hábiles.
- C) Quince días hábiles.
- D) Veinte días hábiles.
De acuerdo con el art. 459.1 LEC, el plazo para apelar contra autos que pongan fin al proceso es de cinco días hábiles.
Pregunta 28: En el recurso de reposición, ¿es necesaria la intervención de procurador y abogado?
- A) Sí, siempre.
- B) No, nunca.
- C) Solo cuando la reposición se interponga contra autos.
- D) Solo cuando la reposición se interponga contra providencias.
Según el art. 452.1 LEC, el recurso de reposición puede interponerse por comparecencia o por escrito, sin necesidad de abogado ni procurador, salvo disposición especial.
Pregunta 29: ¿Qué recurso cabe contra la resolución que desestima un recurso de reposición?
- A) Recurso de apelación, si la resolución recurrida fuera un auto.
- B) Recurso de queja.
- C) Ninguno, porque la reposición agota la vía.
- D) Recurso de casación.
Conforme al art. 454.3 LEC, contra la resolución que decida el recurso de reposición solo cabrá el recurso que proceda contra la resolución recurrida originalmente. Si era un auto, cabe apelación si es procedente.
Pregunta 30: ¿En qué tipo de procesos la apelación se sustancia por el trámite de los recursos de un solo efecto?
- A) En procesos de ejecución.
- B) En procesos de mínima cuantía.
- C) En procesos de familia.
- D) En procesos monitorios.
Según el art. 455.2 LEC, en los procesos de mínima cuantía la apelación se regirá por las normas de los recursos de un solo efecto.
Pregunta 31: ¿Puede el tribunal de apelación elevar de oficio la cuantía del proceso?
- A) Sí, si advierte que la cuantía real supera los límites de su competencia.
- B) No, la cuantía se fija en primera instancia y es inmodificable.
- C) Solo si ambas partes están de acuerdo.
- D) Solo en procesos de materias indisponibles.
De acuerdo con el art. 465 LEC, el tribunal de apelación podrá, de oficio, elevar la cuantía si advierte que supera los límites de su competencia, pudiendo declinarla.