Procesos especiales LEC: matrimoniales, monitorio y cambiario — Tramitacion Procesal
Test de 31 preguntas con explicaciones justificadas.
Pregunta 1: ¿Cuál de las siguientes es una causa de nulidad del matrimonio civil según el Código Civil español?
- A) Falta de amor o afecto entre los cónyuges.
- B) Matrimonio celebrado sin la libre voluntad de uno de los contrayentes.
- C) Incompatibilidad de caracteres.
- D) Falta de convivencia continuada.
El Art. 73 del Código Civil establece que el matrimonio celebrado sin consentimiento matrimonial es nulo. La falta de libre voluntad es una forma de ausencia de consentimiento válido.
Pregunta 2: ¿Ante qué órgano judicial se debe interponer la demanda de nulidad, separación o divorcio cuando ambos cónyuges son de nacionalidad española y residen en el extranjero?
- A) Ante el Juzgado de Primera Instancia del último domicilio común en España.
- B) Ante el Juzgado de Primera Instancia del lugar de residencia del demandante.
- C) Ante el Juzgado de Primera Instancia del lugar donde se celebró el matrimonio.
- D) Ante el Juzgado de Primera Instancia de Madrid capital.
Según el Art. 769.1.1º LEC, son competentes los Juzgados de Primera Instancia del último domicilio común de los cónyuges en territorio español, aunque residan en el extranjero.
Pregunta 3: En el proceso monitorio, ¿qué plazo tiene el demandado para oponerse a la petición inicial desde la notificación del decreto de admisión?
- A) 10 días hábiles.
- B) 20 días hábiles.
- C) 15 días hábiles.
- D) 30 días naturales.
El Art. 815.1 LEC establece que el demandado podrá oponerse dentro de los veinte días hábiles siguientes a la notificación del decreto de admisión de la petición inicial.
Pregunta 4: ¿Qué documento es imprescindible acompañar a la demanda en el juicio cambiario?
- A) Certificado de matrimonio.
- B) Contrato de compraventa que dio origen al título.
- C) El título ejecutivo original o copia auténtica.
- D) Informe pericial sobre la firma del deudor.
El Art. 819.1 LEC exige que la demanda se acompañe del título ejecutivo original o de copia auténtica del mismo, tratándose del juicio cambiario.
Pregunta 5: ¿En qué momento del proceso matrimonial pueden solicitarse las medidas provisionales previstas en el artículo 771 de la LEC?
- A) Solo con la demanda o en la contestación a la misma.
- B) Solo antes de la celebración de la vista.
- C) Con la demanda, en la contestación a la misma o en escritura posterior antes de que se dicte sentencia.
- D) Exclusivamente una vez dictada la sentencia de divorcio.
El Art. 771.1 LEC permite solicitar las medidas provisionales junto con la demanda, en la contestación a la misma o en escritura posterior, siempre antes de que se dicte sentencia.
Pregunta 6: En el proceso monitorio, si el demandado se opone válidamente, ¿qué sucede?
- A) Se archivan las actuaciones y el demandante debe iniciar un proceso declarativo ordinario.
- B) El proceso monitorio continúa como un juicio verbal.
- C) Se convierte en un juicio cambiario automáticamente.
- D) Se dicta sentencia estimatoria a favor del demandante por defecto.
Conforme al Art. 816.1 LEC, si el demandado se opone, el proceso monitorio continuará por los trámites del juicio verbal, salvo que por la cuantía o materia le correspondiera otro procedimiento.
Pregunta 7: ¿Quiénes tienen legitimación activa para solicitar las medidas provisionales en un proceso de nulidad matrimonial?
- A) Solo el Ministerio Fiscal.
- B) Cualquiera de los cónyuges.
- C) Solo los hijos mayores de edad.
- D) Exclusivamente el cónyuge demandante.
El Art. 771.1 LEC otorga legitimación a cualquiera de los cónyuges para solicitar medidas provisionales, sin distinción de si son demandantes o demandados.
Pregunta 8: En el juicio cambiario, ¿contra qué personas puede dirigirse la demanda?
- A) Solo contra el aceptante de la letra de cambio.
- B) Contra el librador, los endosantes, los avalistas y el aceptante de una letra de cambio.
- C) Solo contra el deudor principal identificado en un pagaré.
- D) Contra cualquier deudor de una obligación mercantil.
El Art. 819.1 LEC se refiere al juicio cambiario para la reclamación de letras de cambio, cheques o pagarés, y la demanda puede dirigirse contra todos los obligados cambiarios (librador, endosantes, avalistas y aceptante).
Pregunta 9: Según la LEC, en los procesos matrimoniales, la competencia objetiva corresponde a:
- A) Los Juzgados de Paz.
- B) Los Juzgados de Primera Instancia.
- C) Los Juzgados de lo Mercantil.
- D) Los Juzgados de lo Penal.
El Art. 769 LEC atribuye la competencia para el conocimiento de los procesos matrimoniales a los Juzgados de Primera Instancia.
Pregunta 10: ¿Qué contenido mínimo debe tener la petición inicial en el proceso monitorio?
- A) Una exposición detallada de los hechos y pruebas.
- B) La designación del Juzgado, identificación de las partes, documento que acredite el derecho reclamado y concreción de la petición.
- C) Una propuesta de convenio regulador.
- D) Una solicitud de medidas cautelares.
El Art. 812.2 LEC enumera los requisitos de la petición inicial en el proceso monitorio, incluyendo la designación del Juzgado, identificación de las partes, documento que acredite el derecho y la concreción de lo que se pide.
Pregunta 11: En un proceso de divorcio de mutuo acuerdo, ¿qué documento debe presentarse necesariamente con la demanda?
- A) Un informe psicológico de los cónyuges.
- B) Un convenio regulador que cumpla los requisitos legales.
- C) Una prueba testifical que acredite la ruptura.
- D) Una solicitud de dispensa de la obligación de aportarlo.
El Art. 777.1 LEC exige que la demanda de divorcio o separación de mutuo acuerdo se acompañe del convenio regulador, que deberá ajustarse a los requisitos del artículo 90 del Código Civil.
Pregunta 12: En el juicio cambiario, si el demandado no contesta a la demanda, ¿qué consecuencia procesal se produce?
- A) Se tiene por allanado a la pretensión y se dicta sentencia estimatoria.
- B) Se declara la rebeldía y el proceso continúa sus trámites hasta sentencia.
- C) Se archiva automáticamente la demanda.
- D) Se convierte en un proceso monitorio.
De acuerdo con el Art. 821 LEC, si el demandado no contesta, se le declarará en rebeldía, pero el proceso continuará hasta la sentencia, que se dictará en base a lo alegado y probado por el demandante.
Pregunta 13: ¿Cuál es el plazo para dictar sentencia en el proceso monitorio si no hay oposición?
- A) 5 días desde la admisión de la petición.
- B) 10 días desde que venció el plazo para oponerse sin que se haya formulado oposición.
- C) 20 días desde la notificación al demandado.
- D) 30 días desde la presentación de la petición.
Según el Art. 815.3 LEC, transcurrido el plazo de 20 días para oponerse sin que se haya formulado oposición, el Secretario judicial lo pondrá en conocimiento del Juez para que dicte auto de decreto de pago en un plazo de 10 días.
Pregunta 14: En un proceso matrimonial contencioso, ¿en qué momento se convoca la vista?
- A) Inmediatamente después de presentarse la demanda.
- B) Después de que el demandado haya contestado a la demanda o haya transcurrido el plazo para hacerlo.
- C) Solo si lo solicitan ambas partes.
- D) Antes de la contestación a la demanda.
El Art. 774.1 LEC establece que, una vez contestada la demanda o transcurrido el plazo para hacerlo, el Juez convocará a las partes a una vista.
Pregunta 15: Para que un pagaré sea título ejecutivo en el juicio cambiario, debe:
- A) Estar avalado por una entidad bancaria.
- B) Contener la firma del tomador.
- C) Reunir los requisitos formales exigidos por la Ley Cambiaria y del Cheque.
- D) Haber sido protestado por falta de pago.
El Art. 819 LEC se remite a los títulos ejecutivos, y para que un pagaré lo sea, debe cumplir con los requisitos formales de la Ley 19/1985, Cambiaria y del Cheque, que lo dotan de fuerza ejecutiva.
Pregunta 16: En los procesos matrimoniales, la sentencia que decreta el divorcio produce efectos:
- A) Desde el día siguiente a su notificación.
- B) Desde que queda firme.
- C) Desde la fecha de su pronunciamiento.
- D) Retroactivos a la fecha de presentación de la demanda.
Según el Art. 80 del Código Civil, la sentencia de divorcio produce efectos desde que queda firme. No tiene efecto retroactivo.
Pregunta 17: En el proceso monitorio, el decreto de admisión de la petición inicial lo dicta:
- A) El Secretario judicial.
- B) El Juez.
- C) El Letrado de la Administración de Justicia.
- D) El Ministerio Fiscal.
El Art. 813.1 LEC dispone que, examinada la petición inicial, el Juez, por auto, la admitirá si reúne los requisitos legales.
Pregunta 18: ¿Qué legitimación tiene el Ministerio Fiscal en los procesos de nulidad matrimonial?
- A) Ninguna, solo actúa en procesos penales.
- B) Actúa siempre como parte demandante en todos los casos.
- C) Tiene legitimación cuando alguno de los cónyuges sea menor de edad o esté incapacitado.
- D) Solo actúa si es requerido por el Juez.
El Art. 749.2 LEC establece que el Ministerio Fiscal será parte en los procesos de nulidad matrimonial cuando alguno de los cónyuges sea menor de edad o incapacitado.
Pregunta 19: En el juicio cambiario, ¿qué plazo tiene el demandado para contestar a la demanda desde su notificación?
- A) 10 días hábiles.
- B) 20 días naturales.
- C) 15 días hábiles.
- D) 30 días hábiles.
Conforme al Art. 820 LEC, la demanda se notificará al demandado con citación para que comparezca y conteste en el plazo de veinte días naturales.
Pregunta 20: Las medidas provisionales en un proceso matrimonial pueden versar sobre:
- A) Solo la guarda y custodia de los hijos.
- B) Solo el uso de la vivienda familiar.
- C) La pensión de alimentos, la guarda y custodia, el uso de la vivienda y otras medidas urgentes.
- D) Exclusivamente la liquidación del régimen económico matrimonial.
El Art. 771.2 LEC enumera un listado no exhaustivo de medidas provisionales que pueden adoptarse, incluyendo alimentos, custodia, uso de vivienda y otras medidas urgentes que el Juez estime necesarias.
Pregunta 21: Si en el proceso monitorio el deudor paga la deidad reclamada tras la notificación del decreto de admisión, ¿qué debe hacer?
- A) Nada, el proceso sigue su curso.
- B) Comunicarlo al Juzgado aportando justificante para que se archive.
- C) Solicitar la nulidad del decreto.
- D) Presentar oposición para que se archive.
El Art. 815.2 LEC establece que si el deudor satisface la deidad reclamada, deberá comunicarlo al Juzgado aportando justificante, y el Juez, previa audiencia del acreedor, decretará el archivo de las actuaciones.
Pregunta 22: En un proceso de separación o divorcio contencioso, ¿puede el Juez denegar la solicitud de separación o divorcio?
- A) No, porque es un derecho de los cónyuges.
- B) Sí, si estima que no se han acreditado los requisitos legales.
- C) Solo si ambos cónyuges se reconcilian durante el proceso.
- D) Nunca, el Juez se limita a decretarlo.
Aunque el divorcio es un derecho subjetivo, el Juez debe verificar que se cumplen los requisitos legales (Art. 81 y 86 CC). Si no se acredita la causa invocada (ej. cese de la convivencia), puede denegar la solicitud.
Pregunta 23: ¿Qué recurso procede contra el auto que decreta medidas provisionales en un proceso matrimonial?
- A) Apelación.
- B) Reposición.
- C) Queja.
- D) Casación.
Según el Art. 771.3 LEC, el auto que adopte medidas provisionales es recurrible en reposición, dado su carácter de providencia o auto no definitivo.
Pregunta 24: En el juicio cambiario, ¿es posible la acumulación de acciones cambiarias con otras de distinta naturaleza?
- A) Sí, siempre que todas deriven del mismo título cambiario.
- B) No, en el juicio cambiario solo puede ejercitarse la acción cambiaria.
- C) Sí, pero solo si la otra acción es también de carácter ejecutivo.
- D) Sí, si lo solicita el demandado.
El Art. 819.2 LEC prohíbe expresamente la acumulación de la acción cambiaria con cualquier otra de distinta naturaleza en el juicio cambiario.
Pregunta 25: ¿Qué sucede si en un proceso monitorio la petición inicial no reúne los requisitos del artículo 812 LEC?
- A) Se admite a trámite y se subsana durante el proceso.
- B) El Juez requerirá al solicitante para que en 5 días la subsane o complete.
- C) Se archiva definitivamente sin más trámite.
- D) Se convierte en un juicio verbal automáticamente.
El Art. 813.2 LEC establece que si la petición inicial no reúne los requisitos, el Juez requerirá al solicitante para que en el plazo de 5 días subsane los defectos o complete la documentación.
Pregunta 26: En los procesos matrimoniales, la competencia territorial corresponde, en general, al Juzgado:
- A) Del domicilio del demandante.
- B) Del lugar donde se celebró el matrimonio.
- C) Del último domicilio común de los cónyuges o del domicilio del demandado.
- D) De la residencia de los hijos.
El Art. 769.1 LEC atribuye la competencia territorial, por regla general, a los Juzgados del último domicilio común o a los del domicilio del demandado.
Pregunta 27: ¿Qué efecto tiene la oposición del demandado en el proceso monitorio respecto a las costas?
- A) El demandado siempre será condenado en costas.
- B) Las costas se impondrán al demandado si la oposición es temeraria.
- C) Las costas se impondrán al demandante independientemente del resultado.
- D) Nunca hay condena en costas en el proceso monitorio.
El Art. 816.2 LEC establece que, si el demandado se opone y el proceso continúa por los trámites del juicio verbal, las costas se impondrán al demandado si su oposición fuera temeraria.
Pregunta 28: En un proceso matrimonial de mutuo acuerdo, ¿es obligatoria la comparecencia personal de los cónyuges en la vista?
- A) Sí, siempre.
- B) No, nunca.
- C) Solo es obligatoria si el Juez lo ordena expresamente.
- D) Solo debe comparecer el cónyuge demandante.
El Art. 777.4 LEC exige la comparecencia personal de ambos cónyuges en el acto de la vista, salvo causa debidamente justificada, para que el Juez pueda oírles y comprobar su voluntad.
Pregunta 29: En el juicio cambiario, ¿se puede solicitar la adopción de medidas cautelares?
- A) No, porque ya es un proceso de naturaleza ejecutiva.
- B) Sí, con carácter previo o simultáneo a la interposición de la demanda.
- C) Solo después de dictarse sentencia estimatoria.
- D) Solo si el título cambiario ha sido protestado.
El Art. 819 LEC no lo prohíbe, y la LEC general permite medidas cautelares en todo tipo de procesos. La acción cautelar es compatible con la acción cambiaria para asegurar el resultado práctico del juicio.
Pregunta 30: ¿Puede el Juez modificar de oficio el convenio regulador presentado en un proceso de mutuo acuerdo?
- A) Sí, siempre que lo estime más justo para una de las partes.
- B) No, debe limitarse a aprobarlo o no aprobarlo en su integridad.
- C) Sí, si perjudica gravemente a los hijos o a uno de los cónyuges.
- D) No, salvo en lo relativo a la pensión compensatoria.
Conforme al Art. 777.3 LEC, el Juez solo podrá modificar el convenio cuando, oyendo a ambos cónyuges, estime que perjudica gravemente a los hijos o a uno de los cónyuges.
Pregunta 31: En el proceso monitorio, el auto que decreta el pago (auto de decreto de pago) tiene naturaleza de:
- A) Sentencia firme.
- B) Título ejecutivo.
- C) Providencia de mero trámite.
- D) Medida cautelar.
El Art. 815.3 LEC establece que el auto de decreto de pago, una vez firme, constituye título ejecutivo, permitiendo al acreedor iniciar la vía de apremio si no se cumple voluntariamente.